Con ponencia de la Magistrada Cristina Pardo Schlesinger, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró ajustado a la Constitución el Decreto Legislativo 570 del 15 de abril de 2020 “Por el cual se adoptan medidas relacionadas con la creación de un apoyo económico excepcional para la población en proceso de reintegración en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.
La Sala Plena Virtual de la Corte Constitucional, con ponencia del Magistrado Alberto Rojas Ríos, declaró que se ajustan a la Constitución las medidas tributarias que eximen del gravamen a los movimientos financieros a las entidades sin ánimo de lucro, pertenecientes al régimen tributario especial, así como del impuesto al gravamen -IVA- a las donaciones que realicen los particulares, cuando estos tengan por objeto ayudar a la población vulnerable afectada por el COVID – 19.
La Corte Constitucional declaró que la adición de 3 billones 250 mil millones al presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y al presupuesto de Gastos del Presupuesto General de la Nación, contemplados en los artículos 1 y 2 del Decreto Legislativo 522 de 6 de abril de 2020, se ajustan a la Constitución en cuanto satisfacen el juicio de necesidad fáctica y jurídica.
El Decreto Legislativo 500 de 2020 “Por el cual se adoptan medidas de orden laboral, relativas a la destinación de los recursos de las cotizaciones a las administradoras de riesgos laborales de carácter público, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica”, fue declarado, por unanimidad, ajustado a la Constitución.
Con ponencia del Magistrado Alberto Rojas Ríos, la Corte Constitucional declaró ajustado a la Constitución el Decreto Legislativo 557 de 2020, “Por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de turismo y registros sanitarios para las micro y pequeñas empresas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.
Así lo ordenó la Sala sexta de revisión, con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, luego de estudiar tres expedientes de tutela en los cuales los accionantes solicitaron a COLPENSIONES el reconocimiento de su pensión de invalidez y ésta les fue negada (i) porque no acreditaron las 50 semanas cotizadas dentro de los tres años anteriores a la fecha de estructuración, como lo exige la Ley 860 de 2003 aplicable a sus casos; y (ii) porque, según la entidad, a partir del criterio de la condición más beneficiosa solo era posible resolver el caso con la norma inmediatamente anterior a la de la vigencia de la contingencia.
La Sala Plena de la Corte declaró ajustado a la Constitución el Decreto Legislativo 572 de 2020 “por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 y se efectúa su correspondiente liquidación, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020”, excepto los artículos 3, 4 y 5 los cuales no superaron el presupuesto de necesidad jurídica, ya que podían haber sido expedidos por el Presidente en uso de sus facultades ordinarias.
La Sala Plena virtual de la Corte Constitucional declaró ajustada a la carta Decreto legislativo 539 de 2020 por el cual se adoptan medidas de bioseguridad para mitigar, evitar la propagación y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
Por unanimidad y con ponencia de la Magistrada, Cristina Pardo, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró Constitucional el Decreto Legislativo 561 de 2020 que determinó el otorgamiento de incentivos económicos a los artistas, creadores y gestores culturales que demuestren su estado de vulnerabilidad como resultado de la pandemia, o que se encuentren en situación de discapacidad, con cargo a los recursos del impuesto nacional al consumo con destino a la cultura.
La Corte Constitucional declaró ajustado a la Constitución el Decreto legislativo que permite el pago diferido para los usuarios residenciales de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo pertenecientes a los estratos 1 y 2 y el diseño de incentivos a favor de sus suscriptores y/o usuarios que paguen oportunamente las facturas.