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Domingo, 15 Febrero 2026

Edición 1584 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Ministerio de Minas y Energía anunció la posesión de Pablo Yesid Fajardo Benítez como nuevo presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos. El Gobierno destacó su trayectoria en el sector público y su enfoque en la defensa del interés nacional, la soberanía sobre los recursos del subsuelo y el fortalecimiento del rol del Estado. Durante su posesión, Fajardo enfatizó una gestión cercana, basada en el diálogo y el trabajo colectivo. Su llegada coincide con el desafío de equilibrar la administración de los hidrocarburos con los compromisos climáticos y la diversificación de la matriz energética.

La CREG informó a los agentes del mercado de GLP el listado de municipios que conforman las zonas de influencia para la Oferta Pública de Cantidades (OPC) correspondiente al periodo marzo–agosto de 2026. La CREG publica, con base en reportes de Ecopetrol S.A., las cantidades de GLP disponibles por punto de producción nacional y mes. El documento incluye como anexos el detalle de los municipios y su representación gráfica, conforme a la Resolución CREG 053 de 2011. Además, establece que Ecopetrol deberá otorgar un plazo mínimo de tres días hábiles, tras la publicación, para que los agentes presenten solicitudes de compra dentro del cronograma de la OPC.

El Consejo de Estado confirmó la legalidad de las resoluciones mediante las cuales la Superintendencia Financiera sancionó al representante legal de Pacific Rubiales Energy Corp. al concluir que sí incurrió en infracciones al régimen del mercado de valores. La Sala estableció que existían negociaciones en curso para la venta del 100 % de las acciones de la compañía, hecho que constituía información relevante y debía ser informado oportunamente a la autoridad, aun cuando no se hubiera divulgado al mercado. Asimismo, determinó que las respuestas dadas a los requerimientos de la Superintendencia no fueron veraces ni completas, pues omitieron la existencia real de dichas negociaciones. El fallo descartó la falsa motivación y avaló la correcta valoración probatoria y la graduación de las sanciones, al considerar que estas se ajustaron a los criterios legales y al impacto que la conducta tuvo sobre la transparencia y la confianza del mercado de valores.

La Agencia Nacional de Hidrocarburos modificó la Resolución 651 de 2025 sobre tecnologías de medición y monitoreo de la producción de hidrocarburos. La norma ajusta definiciones técnicas, precisa el alcance de los sistemas de telemetría y establece reglas para la validación, corrección y retransmisión de información enviada por los operadores. También armoniza los requisitos para la captura automatizada de datos, buscando mejorar la trazabilidad, confiabilidad y oportunidad de la información usada en fiscalización y cálculo de regalías, sin alterar el objeto general de la regulación vigente.

La ANH precisó y aclaró disposiciones de la Circular 0001 de 2026 sobre seguimiento a actividades de exploración y explotación de hidrocarburos. La entidad aclaró que los informes de avance deben presentarse cada dos meses durante el plazo de la excepcionalidad aprobada, documentando los progresos para superar las causas de la solicitud. Además, amplió hasta el 28 de febrero de 2026 el plazo para radicar información relacionada con programas de reactivación o abandono de pozos y solicitudes de excepción. Las demás disposiciones continúan vigentes.