El Ministerio de Minas oficializó una nueva Guía Metodológica para evaluar el origen de emanaciones de hidrocarburos en superficie; un paso para estandarizar los criterios técnicos en Colombia. Este instrumento busca determinar si las manifestaciones superficiales de hidrocarburos son de origen natural o antrópico, facilitando una respuesta coordinada y eficiente de las autoridades competentes. La guía, elaborada con el apoyo de entidades como el Servicio Geológico Colombiano, la ANH y la ANLA, tiene un carácter técnico y orientador. Su finalidad es mejorar la identificación, registro y análisis de estos eventos, optimizar la gestión del riesgo y fortalecer la articulación interinstitucional, sin modificar competencias existentes ni generar nuevas cargas regulatorias, contribuyendo a la protección ambiental y la toma de decisiones informadas.
El Consejo de Estado confirmó la nulidad de los actos administrativos emitidos por la Secretaría de Hacienda del Municipio de Zona Bananera contra Cenit Transporte y Logística de Hidrocarburos S.A.S. La corporación analizó la legalidad del cobro del impuesto de alumbrado público para los periodos 2018-2021, incluyendo la resolución que negó las excepciones al mandamiento de cobro coactivo. La decisión se fundamentó en que Cenit no fue acreditada como sujeto pasivo del tributo, al no demostrarse que contara con un establecimiento físico en la jurisdicción municipal que la hiciera usuaria potencial del servicio de alumbrado. En consecuencia, se ordenó la terminación del proceso coactivo y la devolución de las sumas cobradas.
La CREG publicó un proyecto de resolución que busca establecer un Régimen de Protección de los Derechos y Deberes para los usuarios de energía eléctrica, gas combustible por redes y GLP por cilindros y tanques. Esta es la tercera entrega de la propuesta, la cual estará disponible por treinta días calendario para que agentes, usuarios y el público en general presenten sus observaciones. Los comentarios recibidos serán fundamentales para la elaboración de la versión final de la normativa, que busca garantizar transparencia, calidad y seguridad en la prestación de estos servicios esenciales, abordando desde la información previa al contrato hasta el mantenimiento de equipos, y busca dar respuesta a quejas recurrentes de los usuarios.
La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) actualizó el Anexo 1 de la Resolución 0545 de 2025, introduciendo nuevas "Formas Operacionales" (Serie 100) y "Formas de Producción" (Serie 200) para las actividades de exploración y producción de hidrocarburos. El objetivo es fortalecer la capacidad institucional, mejorar la calidad y trazabilidad de la información, y optimizar la interoperabilidad tecnológica, en línea con los lineamientos del Ministerio de Minas y Energía. La implementación será gradual: las Formas Operacionales serán obligatorias a través del Sistema GOP a partir del 1 de diciembre de 2026, mientras que las Formas de Producción lo serán desde el 1 de febrero de 2027. Se establece un régimen de transición que permite a los operadores continuar usando los mecanismos de reporte vigentes hasta las fechas de exigibilidad, con un período de convivencia entre el Sistema GOP y ControlDoc para asegurar la continuidad operativa y la integridad de la información. Este proceso busca una transformación digital que beneficie la calidad de vida y la competitividad del país.
La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) corrigió un error de digitación contenido en el encabezado de la Resolución 0418 de 2026, en el que se citó la Ley 2026 de 2020 en lugar de la Ley 2056 de 2020. La entidad precisó que se trata de una corrección exclusivamente formal, que no modifica el contenido ni los efectos jurídicos de la decisión original, mediante la cual se actualizaron los anexos relacionados con las formas operacionales y de producción aplicables a las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos. En consecuencia, la rectificación no altera el régimen de transición ni el cronograma de implementación previamente establecidos, y tiene como finalidad garantizar la precisión y claridad del acto administrativo.