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Para la Corte, “las pólizas de salud se rigen por lo establecido en el título V del Código de Comercio, según el cual “el seguro es un contrato consensual, bilateral, oneroso, aleatorio y de ejecución sucesiva” por lo que, en estricto sentido, encuentran su fundamento en el principio de autonomía de la voluntad. Es importante insistir en que estas pólizas no suponen la prestación

Para la Sala, a pesar de que la jurisprudencia constitucional “ha considerado admisible que, en ejercicio de la jurisdicción indígena, se impongan sanciones que impliquen cierto grado de afectación física como el cepo y el fuete”, estas “prácticas no pueden ser utilizadas como parte de la investigación”. Esto, por cuanto ello “podría direccionar la

La Sala, en esta providencia, hace una comparación de la regulación pertinente para corroborar la similitud entre la norma procesal derogada y la que se encuentra vigente, esto es: el Art. 424 Código de Procedimiento Civil, frente al Art. 384 Código General del Proceso. “La normativa que en la

Esta y otras decisiones serán motivo de estudio por esta Corporación en el orden del día que tiene programado para el día 4 de febrero de 2021. Prensa Jurídica estará pendiente de ésta y de las demás decisiones proyectadas en la Agenda de la Corte.

La Sala advierte algunos vacíos normativos que no permiten tener claridad respecto al procedimiento y los parámetros a tener en cuenta por parte del ICETEX para efectos de conceder la condonación de la deuda de la demandante por su pérdida de capacidad laboral, razón por la que este Instituto deberá realizar ajustes al Reglamento de Crédito, razonables y con enfoque de

La Corte concluye que las medidas contenidas en el Decreto 573 de 2020 cumplen con los requisitos formales y materiales de este tipo de decretos de excepción, porque buscan enfrentar la perturbación económica en el sector agrícola, pesquero, forestal, agroindustrial y rural del país, por la crisis generada debido a la pandemia del Covid-19

La Alta Corte declaró inexequible la expresión “que tengan más de siete años”, contenida respectivamente en el inciso segundo del artículo 194 del Código Disciplinario Militar, Ley 1862 de 2017, (Código Disciplinario Militar), y en el inciso segundo del artículo 164 del Código General Disciplinario, Ley 1952 de 2019 (Código General Disciplinario).

La Corte declaró exequible la Ley 1970 de 2019, que aprobó la “Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal”. Para la Corporación, ésta fue adoptada con el objetivo de reducir el consumo y la producción de los HFC, ya que se ha demostrado que estas sustancias son gases de efecto invernadero que tienen una incidencia negativa importante en el calentamiento global.

La Alta Corte, revisó la Constitucionalidad del decreto decreto Legislativo 678-2020, en el que se establecieron medidas para la gestión tributaria, financiera y presupuestal de las entidades territoriales, en el marco del Covid-19. La Corte declaró que el artículo 8 es exequible, en el entendido de que los recursos provenientes de la sobretasa al ACPM distribuida a los departamentos

Texto de la providencia en el que la Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 161 (tasa por la realización de la consulta previa) de la Ley 1955 de 2019, “por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”. Al resolver la impugnación, la Sala determinó que la norma acusada