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Miércoles, 15 Abril 2026

Edición 1623 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Ministerio del Trabajo publicó un proyecto de decreto que busca blindar el empleo en los municipios con proyectos de exploración y producción de hidrocarburos. La normativa, que modifica el Decreto 1072 de 2015, exige que el 100% de la mano de obra no calificada y al menos el 50% de la calificada provengan de la zona de influencia de los proyectos. Si no se encuentran perfiles locales, la búsqueda se extenderá a municipios vecinos y luego a nivel departamental. El Servicio Público de Empleo será el canal principal para la gestión de vacantes, con obligaciones de reporte semestral para operadores y contratistas, y estrictos mecanismos de inspección, vigilancia y control para asegurar la inserción laboral digna de las comunidades impactadas.

El Ministerio del Trabajo publicó un proyecto de resolución para actualizar y unificar las condiciones de los Acuerdos de Formalización Laboral, derogando así las Resoluciones 321 de 2013 y 5084 de 2015. Esta medida busca fortalecer la promoción del empleo formal con vocación de permanencia, en línea con los principios constitucionales de trabajo digno y la Ley 2466 de 2025, que prioriza la vinculación mediante contrato a término indefinido. La nueva ruta establece cuatro fases claras: promoción, suscripción del acuerdo, vigencia y seguimiento, y cierre. Los Acuerdos de Formalización Laboral, suscritos por empleadores públicos y privados, exigen compromisos de mejora en la vinculación del personal, prevención de la intermediación o tercerización ilegal, y el fomento de espacios de fortalecimiento sindical. El incumplimiento de estos acuerdos dará lugar a procedimientos sancionatorios. La iniciativa pone especial énfasis en la formalización de grupos vulnerables.

La iniciativa publicada por el ministerio de Trabajo exigirá que todas las inversiones y programas ejecutados en el territorio, tanto del sector público como privado, contraten como mínimo el 50% de mano de obra local. El objetivo es fomentar la economía territorial, garantizar el derecho al trabajo y promover la participación activa de las comunidades en sus proyectos. Se establecería un proceso de priorización, comenzando por los residentes del área de influencia del proyecto, luego municipios colindantes, el departamento y, si es necesario, el resto del territorio nacional. Se priorizará a personas con barreras para la inserción laboral y se consideran reglas específicas para situaciones de emergencia, reforestación o forestación. Las empresas deberán registrar sus vacantes y reportar semestralmente el cumplimiento de esta obligación, garantizando que la mano de obra calificada y no calificada provenga de la región donde se ejecute la inversión o programa.

El Gobierno reformó la forma en que los trabajadores independientes calculan sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral. Esta modificación del artículo 3.2.7.5 del Decreto 780 de 2016 responde a la declaración de inexequibilidad, por parte de la Corte Constitucional, del esquema de presunción de costos anterior y busca ajustar estas reglas a la realidad económica del país, incluyendo la inflación y los cambios en el mercado laboral. Ahora, los trabajadores independientes, ya sean por cuenta propia o con contratos que impliquen subcontratación o compra de insumos, podrán determinar sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral descontando los costos asociados a su actividad económica según el Estatuto Tributario o aplicando un esquema de presunción de costos que la UGPP expedirá o actualizará mediante resolución. La UGPP podrá exigir soportes de estos costos y, si no se presentan, aplicará su propio coeficiente determinado. Este cambio asegura un marco legal actualizado y más acorde con las condiciones económicas actuales. Descargar decreto 379-2026

El Ministerio del Trabajo publicó un proyecto de decreto para adicionar el Decreto 1072 de 2015, con el fin de reglamentar el procedimiento y criterios para la aplicación de medidas preventivas por parte de las autoridades de inspección. La iniciativa busca robustecer la protección efectiva de derechos humanos y laborales, combatiendo la violencia, el acoso y la discriminación en el ámbito laboral. Estas medidas, que incluyen la suspensión de actividades riesgosas, la reubicación de personal o el alejamiento de presuntos agresores, serán de aplicación inmediata y temporal para evitar perjuicios irremediables, sin sustituir procesos sancionatorios. Su incumplimiento acarreará multas sucesivas.