El Ministerio del Interior publicó un proyecto para regular y actualizar de manera integral el procedimiento de consulta previa, subrogando capítulos clave del Decreto 1066 de 2015. Su objetivo es garantizar el derecho fundamental de las comunidades étnicas, estableciendo un marco claro para determinar la procedencia y oportunidad de la consulta ante proyectos, obras, actividades y medidas administrativas de carácter general del nivel territorial. Se pretende conciliar la efectividad de este derecho con la seguridad jurídica y la eficacia de la gestión pública, priorizando la "afectación directa" como criterio determinante. El decreto robustece las garantías de participación, publicidad y debido proceso, permitiendo a las comunidades aportar información relevante antes de la decisión sobre la procedencia, y moderniza el marco conforme al Convenio 169 y la jurisprudencia constitucional. Proyecto norma / Memoria Justificativa
La CRA proyecta fijar en 0,70 % la tarifa de la Contribución Especial para la vigencia 2026, prevista en el artículo 85 de la Ley 142 de 1994. La medida aplicaría a los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo sometidos a su regulación. Para calcular la contribución, se tomarán como base los gastos de funcionamiento asociados a cada servicio, según la información financiera reportada al Sistema Único de Información (SUI) con corte al 31 de diciembre de 2025. La CRA justifica la inclusión proporcional de determinados gastos operativos por un faltante presupuestal de $13.937 millones. Además, propone que las liquidaciones iguales o inferiores a 16,715 UVT queden en cero. Los comentarios, observaciones y sugerencias al proyecto se recibirán hasta el 26 de octubre de 2026. Aquí comentarios/ Proyecto norma/Memoria Justificativa
El Gobierno reglamentó la Ley 1506 de 2012 en lo relacionado con el subsidio excepcional y estableció medidas para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo ante situaciones de desastre. El subsidio, financiado con recursos de la Nación, será adicional, temporal y complementario al subsidio ordinario y podrá aplicarse a usuarios residenciales de los estratos subsidiables que hayan sido afectados o damnificados y estén incluidos en el Registro Único de Damnificados (RUD). El Ministerio de Vivienda determinará mediante acto administrativo las zonas, porcentajes, periodo de aplicación, financiación y mecanismos de reconocimiento y giro. El beneficio podrá otorgarse hasta por seis facturas mensuales o tres bimestrales y no podrá superar la base susceptible de subsidio. El decreto también regula la atención a usuarios reubicados, la excepción de facturación cuando el desastre imposibilite la prestación, la reparación o reconstrucción subsidiada de conexiones de acueducto y alcantarillado y medidas voluntarias de alivio de cartera. DECRETO 1493-2026 Descargar Decreto
Como parte del Plan Energía YA y de las acciones preventivas frente al fenómeno de El Niño 2026-2027 el Gobierno expidió la norma que fortalece el abastecimiento de combustibles líquidos para las plantas de generación térmica, al permitir que, cuando se presenten circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito o hechos de terceros previamente justificados que pongan en riesgo la confiabilidad del sistema eléctrico, estas puedan abastecerse de diferentes agentes y no de un único proveedor. El Sistema de Información de Combustibles Líquidos (SICOM) habilitará los distintos suministradores, manteniendo el control y la trazabilidad de las operaciones. Con ello, se busca reducir el riesgo de interrupciones y fortalecer el respaldo de la generación térmica ante una menor disponibilidad de generación hidráulica. DECRETO 1491-2026 Descargar Decreto/Comunicado de prensa
El Ministerio de Minas y Energía declaró el inicio de un racionamiento programado de gas natural debido a una condición operativa detectada en uno de los trenes de regasificación de SPEC LNG, que redujo de 475 a 400 MPCD la capacidad disponible de esta infraestructura. La medida busca garantizar el abastecimiento de la demanda esencial ante la restricción de 15 GBTUD reportada para usuarios con gas importado. El racionamiento aplica en todas las fuentes de suministro de gas natural de producción nacional y/o infraestructuras de regasificación, por lo que tiene alcance en el país. Es una medida temporal: estará vigente hasta que SPEC informe que las causas que la originaron fueron superadas y el Ministerio declare su cese. MinMinas Resolución 40524 de 2026 Resolución MinMinas/Comunicado de prensa
El Gobierno expidió un conjunto de decretos para atender las consecuencias del sismo del 10 de agosto de 2026, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Las medidas abarcan incentivos tributarios para nuevas inversiones, ajustes a la ejecución de recursos del Sistema General de Regalías, mecanismos de financiamiento y recuperación para los sectores financiero y empresarial, así como disposiciones especiales en contratación estatal. También se adoptaron medidas para acelerar la reconstrucción de vivienda e infraestructura, facilitar el arrendamiento y la propiedad horizontal, restablecer la conectividad y atender los efectos ambientales de la emergencia. En materia ambiental, se agilizan trámites para obras de estabilización y reconstrucción y la gestión de escombros.
Estos son los decretos legislativos expedidos por el Gobierno en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el sismo de agosto de 2026, con medidas dirigidas a facilitar la atención, recuperación y reconstrucción de las zonas afectadas. Las disposiciones crean el Fondo Milagro para canalizar recursos de la emergencia; habilitan la solidaridad financiera entre entidades territoriales; flexibilizan temporalmente reglas sobre rentas y límites de gasto; permiten al DANE suministrar información estadística para identificar a la población afectada y adoptan medidas para garantizar la continuidad del servicio educativo.
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DECRETO 1379-2026
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El gobierno creó el Fondo Milagro como un patrimonio autónomo, gestionado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante un contrato de fiducia mercantil. Su objetivo es canalizar y administrar eficientemente los recursos para la emergencia económica, social y ecológica causada por el sismo de agosto de 2026, abarcando asistencia humanitaria, recuperación y reconstrucción de las zonas afectadas, ante la insuficiencia de mecanismos ordinarios |
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DECRETO 1381-2026
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El Gobierno activa solidaridad financiera interterritorial ante emergencia. El Decreto Legislativo expedido en el marco del Estado de Emergencia por el sismo del 10 de agosto, permite a entidades territoriales financiar proyectos fuera de su jurisdicción y sin beneficio propio. Esta medida, vigente hasta 2027, busca superar la limitada capacidad fiscal de las zonas afectadas y movilizar recursos para respuesta, rehabilitación y reconstrucción, exigiendo autorización y convenios interadministrativos. |
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DECRETO 1382-2026
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Adopta medidas financieras, administrativas e institucionales para entidades territoriales. Busca fortalecer su capacidad de respuesta ante la Emergencia Económica, Social y Ecológica de 2026 (por grave calamidad pública), optimizando la gestión de recursos. Incluye la reorientación temporal de rentas de destinación legal y la suspensión de límites de gasto, permitiendo a las entidades adaptarse y utilizar recursos propios para la recuperación y atención urgente de la crisis |
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DECRETO 1385-2026
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Adopta medidas excepcionales en información estadística para la atención, rehabilitación y reconstrucción tras una grave calamidad pública. El DANE podrá suministrar datos usualmente reservados a entidades estatales para identificar y caracterizar a la población y territorios afectados, agilizando la respuesta en el marco del Estado de Emergencia de 2026. |
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DECRETO 1387-2026
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Suspende el inciso 3 del numeral 16.1.2 del Art. 16 de la Ley 715 de 2001, añadiendo un parágrafo transitorio. Esto, en el marco de la emergencia por el sismo de 2026, permite a ETCs afectadas de zonas específicas (Decretos 1261/1348) evitar penalizaciones financieras en la auditoría de matrícula 2026 si acreditan impacto, garantizando así la continuidad del servicio educativo. |
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DECRETO 1380-2026
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Gobierno establece medidas para garantizar continuidad del servicio de energía en zonas afectadas por el sismo. La medida permite destinar recursos no reembolsables del Fondo Nacional para el Desarrollo de la Infraestructura a las empresas afectadas, con el fin de cubrir las necesidades extraordinarias de capital de trabajo, financiar la compra y suministro de energía, así como la reparación y rehabilitación de la infraestructura dañada. |
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DECRETO 1389-2026
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Este es el Decreto a través del cual el Gobierno puso en marcha un mecanismo temporal y especial de Obras por Impuestos, diseñado para catalizar la recuperación urgente en las zonas impactadas por el sismo del 10 de agosto de 2026. |
La Corte Constitucional llevará a cabo en Bucaramanga, del 23 al 25 de septiembre de 2026, el XXI Encuentro de la Jurisdicción Constitucional “Voces del constitucionalismo comparado”, espacio que reunirá a integrantes de la judicatura, la academia y especialistas nacionales e internacionales para analizar cómo el diálogo entre distintos sistemas jurídicos contribuye al fortalecimiento de la justicia constitucional. El acto inaugural será el 23 de septiembre en el Parque de las Nieves, en San Juan de Girón, y las jornadas académicas tendrán lugar el 24 y 25 en el Teatro Santander. El encuentro contempla ocho conversaciones sobre derecho comparado, metodologías de la Corte Constitucional colombiana, estados de excepción, independencia judicial, intercambios jurisprudenciales, derechos sociales, inteligencia artificial, democracia y protección de derechos fundamentales. La agenda y la información sobre las personas expertas e invitadas están disponibles para consulta, al igual que el registro para asistir a las jornadas académicas. Descargue Boletín de prensa /Agenda del evento