La Corte realizó el examen del procedimiento legislativo relativo a la discusión y aprobación del texto en desarrollo de las objeciones Gubernamentales al artículo 2º del Proyecto de Ley No. 54 de 2015 Senado- 267 Cámara, “Por el cual se autoriza el reconocimiento de honorarios a los miembros de las Juntas Administradoras Locales del país.
En la revisión del decreto 639-2020, que creó el PAEF, la Corte declaró inexequible el parágrafo 1º del artículo 2º del Decreto 639 de 2020, en relación con los beneficiarios y consideró que era forzoso incluir a las personas jurídicas sin ánimo de lucro que no pertenecen al régimen tributario especial, quienes habían sido excluidas del programa sin justificación alguna.
La Corte declaró inexequibles los artículos 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 del Decreto 813 de 2020, Por el cual se modifica el Presupuesto general de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 y se efectúa su correspondiente liquidación, en el marco de la Emergencia Económica. Estos artículos tienen que ver con la liquidación de las reducciones al presupuesto de rentas y recursos de
A través de una tutela, la Corte Constitucional ordenó a la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional que “reanude la atención de salud que requiere un paciente relacionado con sus diagnósticos “síntomas ansiosos secundarios a acentuación de rasgos de la personalidad (…) con discontrol de impulsos”,
En el orden del día de la Corte Constitucional, correspondiente al 10 de febrero próximo, se tiene programado, entre otras actividades previstas en la agenda, la revisión de Constitucionalidad de la Ley 1955 DE 2019 (art. 19) Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, relativo a las Multas destinadas al Fondo Empresarial, por infracciones el régimen de servicios públicos domiciliarios.
“El evento tendrá lugar en la sala de audiencias de la Corte Suprema de Justicia, a partir de las 10 a.m., y será transmitida por el Canal Institucional, la página web www.corteconstitucional.gov.co y los canales y redes sociales de la Corporación. En materia de gestión judicial, la Corte cumplió con el deber de revisar 115 decretos legislativos expedidos en el marco del estado de excepción decretado por el Gobierno”.
La Corte declaró exequibles, condicionadamente, las expresiones “cónyuge”, “casada”, “cónyuges” y “marido y mujer” contenidas el Código Civil, bajo el entendido de que estas expresiones se refieren, en igualdad de derechos y deberes, a los cónyuges y a los
A través de la sentencia de Unificación SU-016/21, cuyo texto aún no está disponible, la Corte emitió un comunicado de prensa en el cual se examinó la decisión de una situación de ocupación irregular de un predio del municipio El Copey, en el marco de la cual un grupo de 57 ocupantes, conformado por víctimas de desplazamiento forzado y otros sujetos de
En el análisis de la Corte, a la constitucionalidad del Decreto legislativo 558-2020, sobre el traslado a COLPENSIONES de los pensionados con la modalidad de retiro programado, encontró que esta medida tampoco cumple los requisitos de conexidad material, de motivación suficiente, ni de no contradicción específica. La Sala observó que observa que las medidas adoptadas en
La Sala reiteró que las disputas que puedan presentarse entre el cónyuge y el compañero permanente en lo que atañe al derecho a la sustitución pensional, se originan en que al momento de la muerte se manifieste una convivencia sucesiva, simultánea o no simultánea. En este último evento, no hace falta que el cónyuge supérstite demuestre que convivió con el causante durante