La Corte Constitucional declaró ajustado a la Constitución el Decreto legislativo que permite el pago diferido para los usuarios residenciales de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo pertenecientes a los estratos 1 y 2 y el diseño de incentivos a favor de sus suscriptores y/o usuarios que paguen oportunamente las facturas.
La Sala Plena concluyó que el decreto legislativo analizado satisface los requisitos formales y materiales previstos por la Constitución y la Ley Estatutaria de los Estados de Excepción, y desarrollados por la jurisprudencia de la Corte para esta clase de normas.
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