La Alta Corte declaró inexequible la expresión “que tengan más de siete años”, contenida respectivamente en el inciso segundo del artículo 194 del Código Disciplinario Militar, Ley 1862 de 2017, (Código Disciplinario Militar), y en el inciso segundo del artículo 164 del Código General Disciplinario, Ley 1952 de 2019 (Código General Disciplinario).