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Exequibilidad condicionada consideró la Corte a apartes del decreto que creó el PAEF, al considerar que la exclusión de los empleadores constituidos después del 1º de enero de 2020 como beneficiarios del aporte, vulnera el derecho a la igualdad

Escrito por  Ene 21, 2021

Esta y otras decisiones fueron declaradas exequibles e inexequibles a través de dos providencias en la revisión constitucional al decreto 677-2020 y decreto 815-2020  que dispusieron medidas sobre el Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF-. A su vez, declara inexequibles las expresiones “En todo caso, sólo podrán ser beneficiarios del Programa las entidades sin ánimo de lucro que

estén obligadas a presentar declaración de renta o en su defecto declaración de ingresos y patrimonio, así como información exógena en medios magnéticos por el año gravable 2019” En cuanto al artículo 1° de la norma citada, la Sala Plena concluyó que la exclusión como beneficiarios del aporte de las ESAL que no estuvieran obligadas a declarar renta, ingresos y patrimonio e información exógena, desconocía el derecho a la igualdad de estos sujetos.

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Modificado por última vez en Jueves, 21 Enero 2021 10:00