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En acción te tutela, la corte analizó la regulación del derecho de defensa en un proceso de restitución de inmueble arrendado, cuando el fundamento de la demanda es falta de pago de la renta

Escrito por  Feb 02, 2021

La Sala, en esta providencia, hace una comparación de la regulación pertinente para corroborar la similitud entre la norma procesal derogada y la que se encuentra vigente, esto es: el Art. 424 Código de Procedimiento Civil, frente al Art. 384 Código General del Proceso. “La normativa que en la

actualidad regula la actividad procesal en los asuntos civiles, comerciales, de familia y agrarios es el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012). En concreto, el artículo 384 establece las reglas de procedimiento en el proceso de restitución de inmueble arrendado. En lo pertinente con la demanda y contestación de la demanda, en el tránsito legislativo se presentó una continuidad de las reglas”.

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