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Corte Constitucional revocó sentencia del Consejo de Estado y concedió la protección al debido proceso tendientes al reconocimiento y pago de la pensión de gracia de una docente

Escrito por  Ene 20, 2021

Para la Corte, de la normatividad analizada y las particularidades del presente asunto, concluye que la Ley 43 de 1975 y el Decreto 102 de 1976 introdujeron importantes modificaciones en cuanto al funcionamiento de los Fondos Educativos Regionales. Efectivamente, la primera determinó que los

recursos para atender el proceso de nacionalización de la educación a cargo de los entes territoriales serían administrados por los mencionados Fondos; el segundo estableció que, en virtud de la descentralización administrativa del servicio de educación, los planteles con carácter nacional y los que se nacionalizaran a partir de la fecha de expedición del acto, serían administrados por los FER.

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