“El Gobierno nacional objetó por razones de inconstitucionalidad, el proyecto de ley No. 212/17 Senado – 179/17 Cámara, por medio del cual se adicionó un nuevo parágrafo al artículo 7 de la Ley 180 de 1995,
Al resolver una acción de tutela, la Sala Plena de la Corte Constitucional amparó las libertades de expresión, información y prensa de varios periodistas, a quienes, en el marco de un proceso penal les fue prohibido el ingreso a las audiencias preliminares.
El texto del comunicado que sustenta la decisión de la Corte Constitucional, es el contenido en el artículo 19 de la ley del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022.
La Corte decidió declarar exequible la expresión “Ninguna persona podrá ejercer el cargo de revisor fiscal en más de cinco sociedades por acciones” contenida en el artículo 215 del Decreto Ley 410 de 1971, “por el cual se expide el Código de Comercio”, frente a los cargos por violación de los artículos 25 y 26 de la Constitución Política.
En el caso concreto, la Corte concluyó que “las autoridades judiciales al omitir en su análisis interpretativo principios constitucionales como el de favorabilidad o in dubio pro operario, incurrieron en el defecto de violación directa de la Constitución”.
La Corte Constitucional resolvió inhibirse de emitir un pronunciamiento de fondo en relación con los artículos 9, 10, 11, 12 y 13 del Decreto Ley 2106 de 2019
La Sala Plena analizó si la Ley 1996 de 2019 “Por medio de la cual se establece el régimen para el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad” era contraria a lo dispuesto en los artículos 152 y 153 de la Constitución Política al haber sido expedida y aprobada como ley ordinaria,
Se revocó la sentencia del 6 de marzo de 2019 proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que a su vez confirmó la sentencia del 26 de diciembre de 2018,
La Corte declaró la EXEQUIBILIDAD del numeral 6 del artículo 52 de la Ley 1709 de 2014, que trata sobre la posibilidad que tienen los familiares de los internos, dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o segundo grado de parentesco civil de solicitar al INPEC el traslado de los internos.
La Corte declaró INCONSTITUCIONAL el Proyecto de Ley Estatutaria (146 de 2018 Senado - 255 de 2018 Cámara) “por medio de la cual se establecen mecanismos de rendición de cuentas y transparencia de la gestión de los congresistas, concejales, diputados e integrantes de Juntas Administradoras Locales y otras disposiciones relacionadas”.