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Corte Constitucional tuteló derecho a la participación en la agenda de las corporaciones públicas a los Congresistas Angélica Lozano y Jorge Enrique Robledo

Escrito por  Abr 05, 2021

Se revocó la sentencia del 6 de marzo de 2019 proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que a su vez confirmó la sentencia del 26 de diciembre de 2018,

proferida por el Juzgado Dieciocho de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, que declaró improcedente el amparo solicitado de los derechos de la oposición de Angélica Lozano Correa y Jorge Enrique Robledo Castillo.

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Modificado por última vez en Miércoles, 31 Marzo 2021 16:44