Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Comunicados

Comunicados (421)

En Sala Plena virtual la Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del Acto Legislativo 4 de 2019, “Por medio del cual se reforma el Régimen de Control Fiscal”, que adicionó al control fiscal posterior y selectivo el control preventivo y concomitante en cabeza del Contralor General de la República.

Por vulnerar los principios de unidad de materia, la Corte constitucional declaró inexequibles los artículos 26 y 28 de la Ley 1955 de 2019, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022”. La actora “estimó que los artículos 26 y 28 de la Ley 1955 de 2019 vulneraba el principio de unidad de materia, al regular el procedimiento de liquidación de

La Sala Plena de la Corte Constitucional, con ponencia del Magistrado Alberto Rojas Ríos, revisó la acción de tutela formulada por el ciudadano Tulio Felipe Rodríguez en calidad de consejero del pueblo ancestral JIW, en contra de la UARIV; la Alcaldía de Mapiripán; la Empresa de Servicios Públicos del Meta -EDESA-; la ANT; los Ministerios del Interior, de Agricultura y el ICBF, entre otros,

La demanda fue instaurada contra la expresión: “y dentro de la misma circunscripción político-administrativa”, contenida en el numeral 3º del artículo 178 del Decreto 960 de 1970 “por medio del cual se expide el Estatuto del Notariado”. Para la Sala, ese apartado normativo discrimina de manera injustificada a los notarios de carrera que no pertenecen a la circunscripción político

“El principio de legalidad penal exige que la tipificación de las conductas punibles y de sus respectivas sanciones se realice de manera clara, específica y precisa2. Las circunstancias de agravación constituyen tipos penales dependientes o subordinados de un tipo penal básico. En el caso objeto de estudio, no es inequívoco si aquella pretende serlo de los autónomos tipificados en los arts. 127 y 128 –

La Corte indicó que “la presunta vulneración se causaba porque, según los tutelantes, las autoridades accionadas no habían dado respuesta de acceso a sus solicitudes de algunos beneficios, tratamientos penales especiales contemplados, principalmente, en la Ley 1820 de 2016, o de sometimiento voluntario a dicha jurisdicción”.

La Corte precisó que la regla que otorga prioridad a los jóvenes en nombramientos provisionales, se circunscribe al 10% de las vacantes que admitan este tipo de designación, y que, en todo caso, las reglas de priorización contenidas en el artículo impugnado no pueden anteponerse a la provisión de cargos mediante un concurso público, ni al derecho que tienen los empleados de carrera de las entidades

“La Corte Constitucional le ordenó a la Alcaldía de Valledupar garantizar el derecho al agua a los miembros de la comunidad indígena Tezhumake,

La Corte declaró exequible el artículo 21 de la Ley 1762 de 2015, “por medio de la cual se adoptan instrumentos para prevenir, controlar y sancionar el contrabando,

La norma acusada fue la Ley 100 de 1993 (art. 21). Modificado por el art. 142 de la Ley 2010 de 2019, relacionado con el Ingreso Base de Liquidación de las pensiones de vejez,