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Corte declaró inconstitucional norma contenida en el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, que establecía sanciones por infracciones al régimen de servicios públicos domiciliarios

Escrito por  Abr 13, 2021

El texto del comunicado que sustenta la decisión de la Corte Constitucional, es el contenido en el artículo 19 de la ley del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022.

“La Sala Plena encontró que la disposición objeto de control no tiene conexidad directa e inmediata con las estrategias y orientaciones de la política pública del gobierno (contenida en la parte general), ni con los programas y proyectos del plan de inversiones”.

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Modificado por última vez en Martes, 13 Abril 2021 11:30