los contratos mineros y de liberación de las áreas mineras, por cuanto no tenía conexidad inmediata con los objetivos del plan de desarrollo”
Por vulnerar los principios de unidad de materia, la Corte constitucional declaró inexequibles los artículos 26 y 28 de la Ley 1955 de 2019, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022”. La actora “estimó que los artículos 26 y 28 de la Ley 1955 de 2019 vulneraba el principio de unidad de materia, al regular el procedimiento de liquidación de
los contratos mineros y de liberación de las áreas mineras, por cuanto no tenía conexidad inmediata con los objetivos del plan de desarrollo”