El objetivo es que el FNG respalde con los recursos destinados a su fortalecimiento patrimonial, su participación como fiador o garante de operaciones activas de las instituciones financieras u otras instituciones que realicen operaciones de crédito con personas naturales o jurídicas que hayan sufrido efectos adversos en su actividad económica por la pandemia.
La Corte consideró que la finalidad de la norma es brindar un apoyo económico para el pago de los salarios de los trabajadores de las notarías de todo el país con el fin de garantizar la estabilidad laboral; y el Gobierno demostró la existencia de disponibilidad presupuestal para el efecto.
Para la Corte, el intervenir en los contratos de arrendamiento comercial, para establecer en favor de una de las partes- el arrendatario- la posibilidad de terminar unilateralmente dichos contratos, así sea de manera excepcional, transitoria y condicionada, no resulta necesaria,
La Corte concluye, en la declaración de exequibilidad del Decreto Legislativo 796 de 220, que la norma tiene dos objetivos definidos: (1) otorgar determinados alivios financieros para los pequeños y medianos productores agropecuarios afectados por los efectos socioeconómicos de la pandemia por el COVID-19; y (2) flexibilizar las reglas de contratación estatal,
Ante el Presidente de la República, Iván Duque Márquez, el Doctor Jorge Enrique Ibáñez Najar, tomó posesión como nuevo magistrado de la Corte Constitucional para el periodo 2020 – 2028.
La Corte constató que el decreto legislativo 813 de 2020 cumplía con los requisitos formales y materiales exigidos por la Constitución y la ley estatutaria de los estados de excepción, salvo en cuanto estableció la liquidación de las adiciones
Para la Corte, la creación de un patrimonio autónomo destinado a promover, financiar y apoyar el emprendimiento, la formalización y el fortalecimiento empresarial de las mujeres en Colombia, se dirige de modo efectivo a contrarrestar los efectos de la pandemia en la economía y específicamente el impacto exacerbado que genera en las mujeres trabajadoras.
Para la Sala, las modificaciones al procedimiento abreviado de devolución de saldos a favor de los impuestos de renta e IVA, previstas en los artículos 1º y 2º del decreto legislativo 807 de 2020, son inconstitucionales, al no tener por finalidad afrontar las causas que dieron lugar a la declaratoria del estado de emergencia, no estar adecuadamente motivadas,
No obstante, se declaró la inexequibilidad del no acceso al subsidio de las personas naturales que tengan menos de tres empleados y la exequibilidad condicionada sobre alcance de la responsabilidad de quienes implementan el programa
Par la Corte, el análisis de constitucionalidad del Decreto Legislativo 555 de 2020 es necesario considerar lo acaecido con el Decreto Legislativo 464 de 2020 y este decreto fue sustituido por aquél, dado que no se trató en realidad de una derogación simple, pues el decreto posterior incluye la reproducción de apartes normativos del texto del decreto anterior, que se subroga.