La Sala Plena encontró que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, vulneró los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia de los peticionarios, por cuanto incurrió en los defectos sustantivo, violación directa de la Constitución y desconocimiento del precedente,
al haber declarado constitucional la consulta popular relacionada con la ampliación de la explotación minera por fuera de las zonas donde se desarrolla esa actividad en el Municipio de Cogua –Cundinamarca-, dentro del trámite de revisión previa de constitucionalidad de dicha consulta popular.
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