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Sección 3

Sección 3 (1909)

El Consejo de Estado analizó la acción de nulidad contra el manual de contratación de EMCALI contenido en una resolución actualmente derogada. Se confirmó la sentencia de primera instancia, que la anuló parcialmente y solo fue recurrida por el demandante. No es procedente anular las demás disposiciones porque EMCALI no está sujeta al estatuto general de contratación.

De acuerdo con la providencia, ¡las disposiciones contenidas en el Código Contencioso Administrativo (Decreto 01 de 1984) como las del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) son categóricas al precisar que los actos contractuales, es decir, aquellos proferidos una vez suscrito el contrato estatal son

La Sala concluyó que, la Resolución 89 de 15 de marzo de 2012, confirmada por la Resolución 167 de 28 de mayo de 2012, a través de la cual se concedió un amparo administrativo transitorio por actos de perturbación, constituye una decisión administrativa adoptada dentro de un juicio de policía, la cual, en virtud de su naturaleza temporal o precaria dada por la

Se declaró no probada las excepciones de caducidad de la acción e inepta demanda formulada por Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. Lo anterior recordando que, las partes acordaron expresamente que “al finalizar el contrato dentro de los 4 meses siguientes debe suscribirse el acta de liquidación final del contrato de conformidad con el artículo 60 de la

En aclaración de voto del Magistrado Guillermo Sánchez Luque, se analizaron los eventos en los que se configura la ruptura de la ecuación del contrato. Por su parte, en la providencia se estudiaron los siguientes temas:  Lesión enorme, presupuestos de la rescisión del contrato por lesión enorme - ruptura del equilibrio económico del contrato – no

La Sala confirmó la sentencia de primera instancia que negó las pretensiones de la demanda porque las sociedades demandantes no demostraron los perjuicios reclamados. Adicionalmente, no cumplieron adecuadamente con el requisito de formular las salvedades en el acta de liquidación bilateral. La sentencia señala que “las dos partes en el contrato,

Se formuló demanda de nulidad contra la ANM, con el fin de declarar la nulidad de la Resolución 278-2017 y de la Resolución 145-2018, que la confirmó. El actor señaló que los actos administrativos le negaron su derecho a integrar un área de reserva especial para ser reconocido como minero tradicional, con fundamento en una inhabilidad que ya no le era

“Para lo anterior se requiere que los hechos en los que se sustenten las imputaciones formuladas en contra de la entidad y el particular sean los mismos, que tengan la misma fuente, pues se parte de la existencia bien sea de un litisconsorcio necesario por pasiva o de una con-causalidad, en virtud de la cual los dos sujetos eventualmente contribuyeron con su

La Sala precisa que “el amparo administrativo minero se encuentra regulado en los artículos 306 a 316 de la Ley 685 de 2001 y tiene como propósito dirimir los conflictos que se suscitan entre los particulares por el ejercicio de los derechos que ostenta el beneficiario de un título minero, especialmente, cuando se presentan situaciones de ocupación,

La Sala reiteró que “los actos jurídicos precontractuales que adopten los prestadores de servicios públicos domiciliarios no son actos administrativos, salvo aquellos casos en los cuales la ley disponga expresamente lo contrario. Como el numeral 44.4 del artículo 44 de la Ley 142 de 1994 ordena la aplicación de las reglas previstas en del Estatuto General de