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Consejo de Estado examinó el marco normativo referente a la legalización de minería de hecho

Escrito por  Oct 22, 2021

La Sala dictó sentencia dentro del proceso de nulidad iniciado en contra de unas resoluciones emitidas por Ingeominas y la ANM. Para la Sala, el interesado en la legalización de la actividad minera, debe someterse a las condiciones y requisitos legales establecidos, tanto para la fase previa a su otorgamiento como para las etapas posteriores

“En materia minera, en tanto involucra actividades de exploración, explotación, labores generales o comercialización de los recursos naturales, la decisión, además de que implica la iniciativa privada para el otorgamiento de la concesión minera, el trámite, desde la solicitud misma, deberá estar acompañado de elementos de juicio más específicos y de carácter técnico, que reduzcan el margen de discrecionalidad de la administración”. La expedición del acto administrativo que decide la solicitud, deberá cumplir con los supuestos subjetivos y objetivos necesarios que determinen su nacimiento a la vida jurídica, los cuales son comunes a todos los actos jurídicos del Estado, pero que, en materia minera, para estos casos, se sintetizan en los términos analizados en esta providencia.

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Modificado por última vez en Viernes, 22 Octubre 2021 07:22