La SIC evaluó la propuesta de la CREG para modificar la remuneración del Cargo por Confiabilidad (CxC) aplicable a plantas de generación existentes. La CREG busca reducir la supuesta sobrerremuneración de estas plantas—cuyas inversiones ya están amortizadas—para generar ahorros a los usuarios, argumentando que el precio de subastas basado en nuevos proyectos es ineficiente para ellas. La alternativa elegida por la CREG (Alternativa 3) establece que el precio del CxC para plantas existentes se fijará según el precio de la última subasta, actualizado. La SIC consideró que esta medida, al diferenciar el trato en función de si la planta es "existente" o "no existente", tiene un fundamento teórico razonable y coherente con el régimen de competencia. Sin embargo, la SIC notó la ausencia de un análisis cuantitativo y empírico similar al desarrollado para la propuesta inicial. Por ello, la SIC recomendó a la CREG complementar la justificación técnico-económica de la alternativa regulatoria adoptada, para fortalecer la legitimidad de la regulación.
El concepto de abogacía de la competencia de la SIC evalúa dos proyectos de documentos tipo para concursos de méritos en interventoría y consultoría de infraestructura social (educación, salud, cultura, recreación, deporte, institucional y vivienda). La SIC considera que la adopción de estos pliegos tipo es positiva para la libre competencia, ya que actúan como instrumentos de estandarización contractual que previenen riesgos de direccionamiento y colusión al limitar la discrecionalidad y homogenizar criterios de selección. Además, reducen los costos de transacción y amplían la pluralidad de oferentes. Se destaca que los pliegos tipo establecen condiciones generales de escogencia de carácter obligatorio. Un punto clave de análisis es el "Pacto de Transparencia", donde la Superintendencia recomienda una redacción más precisa para describir las conductas anticompetitivas, como los acuerdos para influenciar o manipular los resultados de la adjudicación, buscando prevenir la colusión en la contratación pública.
La SIC analizó el proyecto normativo que busca fomentar la oferta de gas importado flexibilizando el régimen de asignación de riesgos, al permitir que las partes en contratos de suministro de gas natural importado pacten eventos eximentes de responsabilidad adicionales a los regulados, alineados con los contratos internacionales de GNL (SPAs). La CREG propone esto para contrarrestar la concentración de oferta de gas importado en el corto plazo debido a los riesgos contractuales que los comercializadores no pueden asumir bajo la regulación actual. La SIC identifica que esta propuesta introduce un trato diferenciado, ya que la flexibilización solo aplica al gas importado y no al nacional. No obstante, la SIC coincide con el regulador en que esta asimetría puede estar justificada. La comercialización de gas importado implica etapas complejas (transporte de GNL y regasificación) y contingencias operativas/contractuales (SPAs) adicionales que sí difieren sustancialmente de los riesgos del gas nacional, lo que razonablemente podría justificar un régimen contractual más flexible para el gas importado en la gestión del riesgo de incumplimiento.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) emitió un concepto de abogacía de la competencia sobre el proyecto de resolución de la CREG que establece medidas transitorias para asignar capacidad de transporte a proyectos de generación eléctrica menores a 10 MW en el Sistema Interconectado Nacional. La SIC advierte que al otorgar a los Operadores de Red la facultad de evaluar y decidir sobre solicitudes de conexión, se crea un riesgo potencial de abuso de posición dominante, que podría distorsionar la competencia y generar tratos discriminatorios sin justificación. Por ello, recomienda incluir disposiciones claras que obliguen a los operadores a aplicar criterios objetivos, técnicos y no discriminatorios, garantizando el acceso justo y evitando obstrucciones al transporte de energía. Esta vigilancia busca proteger la libre competencia sin afectar la expansión eficiente del sistema eléctrico nacional. La SIC solicita a la CREG remitir la versión final del proyecto para seguimiento.
La SIC respaldó el proyecto del Ministerio de Minas que prioriza el suministro de gas natural a la demanda esencial, al considerar que corrige una falla de mercado que afecta sectores críticos como transporte público y consumo residencial, garantizando la continuidad del servicio público. La medida no modifica directamente los precios ni tarifas, pero puede generar efectos económicos indirectos, por lo que la SIC recomienda implementar un sistema de monitoreo periódico de precios y márgenes para evitar distorsiones o traslados injustificados de costos. Además, se destaca que la priorización es objetiva y no discriminatoria, alineándose con los principios de competencia y protección del interés general. Estas acciones buscan asegurar eficiencia, transparencia y equidad en el mercado energético, preservando la seguridad energética nacional.
La SIC analizó el proyecto que modifica la regulación de finanzas abiertas en Colombia, destacando su potencial para fomentar la competencia mediante la interoperabilidad entre agentes financieros. Sin embargo, advierte riesgos de barreras de entrada, consolidación de posiciones dominantes, y asimetrías entre grandes plataformas tecnológicas. La SIC recomienda incorporar expresamente sus observaciones en el acto administrativo y sugiere mantener vigilancia estricta para evitar distorsiones en la dinámica competitiva. Además, señala la necesidad de progresividad en la implementación y ajustes en los costos de acceso para proteger a las pequeñas y medianas empresas, fortaleciendo así un mercado financiero más justo y competitivo.
A través del análisis de un proyecto de norma publicado por el DNP, la SIC valoró positivamente la pretensión del Gobierno de reorientar la política para que las PcD sean oferentes activos en contratación pública, no solo beneficiarias indirectas. Considera que el proyecto busca corregir fallas estructurales del mercado, promover la inclusión y ampliar la oferta efectiva, mejorando la asignación del gasto público. Sin embargo, la Superintendencia identifica riesgos en el diseño de las medidas preferenciales que podrían afectar la libre competencia, por lo que propone recomendaciones para equilibrar la inclusión con condiciones equitativas de competencia.
El concepto de la SIC destaca que la regulación vigente en consumo se aplica sin distinción al uso de IA en servicio al cliente, términos, condiciones y publicidad, exigiendo transparencia y protección al consumidor. Los productores deben proporcionar información clara y veraz, garantizando derechos y evitando riesgos del uso de IA. No hay normas específicas que restrinjan la IA, pero el marco actual exige un uso racional y responsable, protegiendo al consumidor y su derecho a la información. La Entidad exhorta a una cultura de transformación digital y a la adopción ética y sostenible de IA conforme a políticas nacionales.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) emitió un concepto de abogacía de la competencia sobre el proyecto de decreto que busca establecer lineamientos para la contratación a largo plazo en el sector eléctrico colombiano. El análisis identificó riesgos asociados a tratos diferenciados injustificados entre tecnologías de generación, falta de claridad en la aplicación de mecanismos administrados versus competitivos, ausencia de reglas para la formación transparente de precios y posibles barreras de entrada por plazos límite de operación. Aunque el proyecto incorpora mejoras respecto a versiones previas, la SIC recomendó continuar el trámite para garantizar la neutralidad tecnológica y evitar distorsiones en la competencia, absteniéndose finalmente de un nuevo pronunciamiento ante la ausencia de cambios sustanciales en la propuesta. Esta posición busca promover un mercado energético más competitivo y sostenible
La SIC emitió un concepto de abogacía de la competencia respecto al proyecto de decreto que busca garantizar la estabilidad tarifaria y confiabilidad del servicio de energía eléctrica en el mercado regulado. El proyecto obliga a que al menos el 95 % de la generación de plantas hidráulicas despachadas centralmente se venda bajo contratos, priorizando usuarios regulados. La SIC advirtió riesgos sobre la limitación a la libertad económica y posibles distorsiones competitivas, recomendando un enfoque flexible basado en incentivos voluntarios. Se destacó la necesidad de análisis técnicos rigurosos para equilibrar la estabilidad tarifaria con la libre competencia y se reconocieron los avances del Ministerio de Minas y Energía en la sustentación empírica del proyecto.