El Consejo de Estado Avocará el conocimiento, en única instancia, del control inmediato de legalidad de la Resolución n.° 045 del 6 de abril de 2020, por medio de la cual la Comisión de Regulación de Energía y Gas adoptó “disposiciones tarifarias dentro del precio máximo regulado para la comercialización mayorista de GLP en el marco del artículo 3º del Decreto Legislativo 517 de 2020”.
Avocar el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución No. 059 del 14 de abril de 2020, proferida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREG que permiten a los usuarios diferir el pago de las facturas.
El Consejo de Estado Avocará el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución núm. 048 de 7 de abril de 2020, “Por la cual se establece una Opción Tarifaria Transitoria para el Componente Variable del Costo Unitario de Prestación del Servicio Público de Gas Combustible por Redes de Tubería”, expedida por la Nación - Ministerio de Minas y Energía - Comisión de Regulación de Energía y gas
El Consejo de Estado Avoca el conocimiento en única instancia de la Resolución 000093 del 26 de marzo de 2020 a través de la cual el director general (e) de la Unidad de Planeación Minero Energética-UPME en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretado por el Gobierno Nacional, suspendió los términos en las actuaciones administrativas adelantadas por esa entidad.
El Consejo de Estado no Avoca conocimiento, en sede del control inmediato de legalidad de que trata el artículo 136 de la Ley 1437 de 2011, de la Resolución 152 del 18 de marzo de 2020 proferida por el presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, “Por el cual se adopta una medida transitoria por motivos de salubridad pública, se suspenden los términos procesales en las actuaciones administrativas, procedimientos de incumplimiento disciplinarias y la atención al público de manera presencial.
Consejo de Estado Avocará conocimiento, en única instancia, para ejercer el control inmediato de legalidad consagrado en el artículo 136 del CPACA, sobre la Resolución CRA 919 de 2 de junio de 2020, que adopta medidas regulatorias para los servicios públicos de agua expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.
Avocar el conocimiento, en única instancia, del control inmediato de legalidad de la Resolución 410576 del 3 de abril de 2020, por medio de la cual el Subdirector Administrativo y Financiero del Ministerio de Minas y Energía ordenó “la suspensión del plazo para liquidar los contratos suscritos por el Ministerio de Minas y Energía, de conformidad con el Decreto 491 de 2020”.
El Consejo de Estado Avocará el conocimiento de control inmediato de legalidad de la resolución 40116 del 31 de marzo de 2020 "Por la cual se suspenden términos en la jurisdicción coactiva ejercida por el Ministerio de Minas y Energía, con ocasión del covid19.
El Consejo de Estado Avoca el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución número 006 de 27 de marzo de 2020, expedida por el Director Territorial Noroccidental del Departamento Nacional de Estadística –DANE– Territorial Noroccidente – Medellín, sobre desconcentración de funciones.
El Consejo de Estado no Avocará el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución No. 005 del 19 de marzo de 2020, expedida por el presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-, «por el cual se suspenden términos procesales en las actuaciones administrativas y disciplinarias en la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones.