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SP-Sala Plena

SP-Sala Plena (634)

La sala de Consulta y Servicio Civil estableció que El presidente del Consejo de Estado tiene la atribución de dirimir los conflictos de competencia que en materia judicial involucre a las secciones de lo contencioso administrativo, pero no los conflictos de competencia administrativa que involucren a la Sala Plena del Consejo de Estado con otra autoridad administrativa.

El Consejo de Estado estableció que el Decreto 755 de 1967 estableció un registro de usuarios de servicios públicos y promovió su asociación en cabeza del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Con fundamento en la citada norma, el Ministerio de Agricultura expidió la Resolución No. 061 de 1968 por medio de la cual reglamentó el registro y la creación de asociaciones de usuarios campesinos municipales.

Aunque en la Resolución No. 005 del 19 de marzo de 2020, se mencionó el decreto declaratorio del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, la medida de suspensión de los términos procesales en las actuaciones administrativas y disciplinarias dispuesta por el presidente de Colpensiones, obedeció y tiene como fundamento la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social por medio de la Resolución No. 385 de 2020, que condujo a la adopción e implementación de medidas de prevención y contención del virus COVID-19.

El despacho advierte que la Circular No. 15 del 18 de marzo (…) por medio de la cual el Secretario General del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación estableció el protocolo de ingreso de visitantes en la recepción de sus instalaciones, no tiene la capacidad de reglamentar o desarrollar Constitución, la ley ni los decretos expedidos por el Gobierno Nacional, por medio de los cuales se decretó el estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional, con fundamento en la declaratoria por parte de la Organización Mundial de la Salud del COVID-19.

Según lo dispuesto en el Decreto 2027 de 1951, en materia pensional los trabajadores de Ecopetrol se regían por el artículo 260 del Código Sustantivo de Trabajo, la Convención Colectiva de Trabajo, el Acuerdo 01 de 1977 creado por la Junta Directiva y las demás normas internas de la Empresa. Con la expedición de la Ley 100 de 1993, si bien se crea un nuevo régimen pensional basado en el Sistema General de Pensiones, el artículo 279 reconoce la existencia de los regímenes exceptuados dentro de los cuales se encuentran los trabajadores de Ecopetrol.

El Consejo de Estado avocará el conocimiento de legalidad de acto del Ministerio de Ciencia Tecnología e innovación que estableció la Comunicación Interna 14, del 17 de marzo de 2020, sobre solicitudes de comisión de servicios y gastos de desplazamiento de la entidad.

El Consejo de Estado determinó que la Comisión Nacional de Servicio Civil tiene competencia exclusiva para administrar y vigilar el sistema de carrera de los etnoeducadores para las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palanqueras.

El Consejo de Estado determinó que no procede el control automático de legalidad sobre la suspensión en los términos judiciales que decretó el Consejo Superior de la Judicatura desde el pasado 15 de marzo.

El Consejo de Estado no Avocará el conocimiento de la Circular Externa núm. 20201000000174 de 13 de abril de 2020, expedida por la Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, para: “Empresas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible. 

La Sala no Avocará la circular por medio de la cual la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios estableció que la ley prohíbe la gratuidad frente a este tipo de prestaciones no tendrá control automático de legalidad.