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Consejo de Estado no Avocará el conocimiento de acto AEROCIVIL que concedió contrato de concesión con AEROCALI S.A.

Escrito por  Jun 23, 2020

Consejo de Estado rechazar el control inmediato de legalidad de la Resolución 745 de 20 de marzo de 2020, proferida por el director general de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil sobre contrato de concesión entre entre la AEROCIVIL  y la Sociedad Concesionaria Aerocali S.A (Aerocali S.A.),

La Resolución en cuestión no colma la condición de ser una medida de orden general, dado el alcance bilateral, determinado y determinable de su contenido, derivado de la relación contractual en que se fundamenta, cuyos efectos jurídicos directos no trascienden sobre derechos o sitaciones de la ciudadanía en general; su eficacia se proyecta exclusivamente a la esfera del mencionado contrato de concesión 58-CON-2000, suscrito entre la Aeronáutica Civil y la Sociedad Concesionaria Aerocali S.A (Aerocali S.A.),

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