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Consejo de Estado no asumirá control inmediato de legalidad contra acto AEROCIVIL que derecho de parqueo de aeronaves en cualquier punto de las plataformas de las terminales de pasajeros

Escrito por  Jun 23, 2020

Consejo de Estado no asumirá el conocimiento del control automático de legalidad de la Resolución número 00744 de 20 de marzo de 2020, expedida por el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, sobre el derecho de parqueo de aeronaves en cualquier punto de las plataformas de las terminales de pasajeros.

El Despacho pone de relieve el hecho consistente en que la Resolución número 00744 de 20 de marzo de 2020, expedida por el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, no responde a la categoría de acto administrativo de carácter  general. En efecto, la resolución en comento va dirigida a establecer una medida transitoria relacionada con la excepción al cobro y recaudo de los derechos de parqueo de aeronaves respecto de una determinada persona jurídica, esto es, la Sociedad Operadora de Aeropuertos Centro Norte – OACN S.A. – Airplan S.A.,

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