Con ponencia del magistrado Guillermo Sánchez Luque, la Sala Especial de Decisión del Consejo de estado declaró ajustada al ordenamiento superior la Resolución 20201000010485-2020, expedida por la SSPD, “en relación con el examen formal y material realizado en este control inmediato de legalidad”.
La Sala sostuvo que “estos recursos se transfieren al patrimonio autónomo del fondo Francisco José de Caldas, pero aclaró que no pueden ser utilizados para financiar cualquier actividad de ciencia, tecnología e innovación, sino que solo pueden destinarse a los programas definidos en el respectivo contrato o convenio que se haya celebrado con la entidad pública o privada aportante”.
La Ministra de Transporte formuló una consulta a la SCSC del Consejo de Estado sobre algunos interrogantes respecto del registro contable de los hechos económicos relacionados con los acuerdos de concesión de infraestructura aeroportuaria. En el concepto, la Sala considera que “de conformidad con las resoluciones 582 y 602 de 2018, expedidas por la Contaduría General de la Nación,
La Sala revisó el control inmediato de legalidad de la Resolución No. 1774-2020, «Por la cual se definen los perfiles ocupacionales para el reconocimiento económico por una única vez, en favor del talento humano en salud que preste sus servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico de coronavirus COVID-19, la metodología para el cálculo del monto y el mecanismo de giro
La Sala declaró que las Resoluciones expedidas por la SSPD 09965-2020 «Por la cual se deroga una resolución y se reanudan términos»;
El Consejo de Estado encontró ajustada al ordenamiento jurídico, la Resolución No. 1159 del 15 de julio de 2020 "Por medio de la cual se adopta el protocolo
Para la Sala, en relación con el parágrafo transitorio del artículo 1 del decreto 676-2020, “que establece que las ARL deben asumir los costos que se deriven de las pruebas
En septiembre de 2020, el Consejo de Estado avocó conocimiento de legalidad de la resolución 166-2020, expedida por la CREG, que definió “una tarifa transitoria
La Sala estudió el control inmediato de legalidad de la Resolución 1294 de 2020, expedida por el Ministerio de Trabajo, que levantó la suspensión de términos.
Para la Sala, “con la sentencia de unificación de 28 de agosto de 2018, proferida por la Sala Plena del Consejo de Estado, en la cual consideró que el régimen de transición