Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 54

Boletín

Boletín (329)

Para la Corte, la creación de un patrimonio autónomo destinado a promover, financiar y apoyar el emprendimiento, la formalización y el fortalecimiento empresarial de las mujeres en Colombia, se dirige de modo efectivo a contrarrestar los efectos de la pandemia en la economía y específicamente el impacto exacerbado que genera en las mujeres trabajadoras.

Para la Sala, las modificaciones al procedimiento abreviado de devolución de saldos a favor de los impuestos de renta e IVA, previstas en los artículos 1º y 2º del decreto legislativo 807 de 2020, son inconstitucionales, al no tener por finalidad afrontar las causas que dieron lugar a la declaratoria del estado de emergencia, no estar adecuadamente motivadas,

 No obstante, se declaró la inexequibilidad del no acceso al subsidio de las personas naturales que tengan menos de tres empleados y la exequibilidad condicionada sobre alcance de la responsabilidad de quienes implementan el programa

En Colombia como país anfitrión de la XIII Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional, los tribunales constitucionales de veintiún países de Iberoamérica analizarán el papel de la democracia y derechos fundamentales en los Estados en Excepción y el impacto de la pandemia por el COVID-19 y las medidas adoptadas por los Gobiernos.

“En sala plena virtual con una votación de 8-1 la Corte declaró inexequible parte del Decreto Legislativo 807 de 2020 en relación con medidas tributarias transitorias, devoluciones y compensaciones. Inspección Tributaria virtual. Inspección contable virtual. Visitas administrativas virtuales de inspección, vigilancia y control tributario y cambiario”

Descargar documento

Para la Corte, l artículo 11 del Decreto Legislativo 813 de 2020 “Por el cual se modifica el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal 2020, es inconstitucional por cuanto no respeta la reserva de ley del manejo del presupuesto, desconoce el diseño de la construcción y modificación de la Ley de Presupuesto y con ello afectar el principio de separación de poderes.

Descargar documento

La Corte declaró que el Decreto Legislativo 772 de 3 de junio de 2020, se ajusta a la Constitución. La Sala Plena concluyó que el artículo 3 debía condicionarse, se estimó por la mayoría, que la protección prevista en el artículo 3, parágrafo 1, en favor del acceso a la administración de justicia de los deudores que manifiesten no poder