del Gobierno Nacional en materia tributaria, la Corte determinó que esta disposición desconoció lo dispuesto en el artículo 338 constitucional.
Prensa Jurídica informa que el texto de la providencia aún o está disponible. El comunicado de prensa, informa que la decisión fue adoptada en Sala Plena virtual y esta Corporación, tras realizar un recuento jurisprudencial sobre el principio de legalidad y su proyección en el principio de certeza tributaria, así como sobre los límites a la facultad reglamentaria
del Gobierno Nacional en materia tributaria, la Corte determinó que esta disposición desconoció lo dispuesto en el artículo 338 constitucional.