La SSPD emitió un concepto sobre la formalización y operación de las Organizaciones de Recicladores de Oficio (OROs). La interpretación jurídica, aunque no vinculante, explica su constitución bajo la Ley 142 de 1994 y el Decreto 1381 de 2024, que establece un régimen diferencial y progresivo para la actividad de aprovechamiento. Las OROs deben registrarse en el RUPS, cumplir requisitos específicos y acogerse a un periodo de transición de cinco años para beneficiarse de criterios de vigilancia diferenciados. El reporte de información al SUI también se adapta a su capacidad.
La CREG precisó la definición de la expresión “al momento de efectuar una subasta” consignada en la Resolución CREG 101 024 de 2022. La entidad sostiene que este momento corresponde a la declaración de parámetros de la planta por parte del agente, y no a la fecha de adjudicación. Esta precisión es vital para la clasificación de las plantas de generación (nuevas, existentes o especiales) y la asignación de Obligaciones de Energía Firme. La CREG, en su función consultiva genérica, subraya que la declaración de parámetros es una actividad previa y distinta a la realización final de la subasta, tal como lo establecen los cronogramas.
La CREG hizo varias precisiones ante las inestabilidades reportadas en el modelo HIDENFICC V4.2, esencial para calcular la Energía Firme del Cargo por Confiabilidad (ENFICC) de plantas hidráulicas en la subasta 2029-2030. El modelo, en ciertos casos, no logra soluciones factibles, impidiendo al ASIC comunicar la ENFICC máxima a los participantes dentro del plazo. La CREG dictaminó que la responsabilidad de afectar la curva guía inferior de embalses para garantizar flujos mínimos de acueducto y riego recae en el agente, quien debe documentar sus criterios. Además, para los parámetros "Filtración" e IHF, se deben usar los valores reportados, instando a los agentes a actuar con transparencia y veracidad según la normativa vigente.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) avaló en términos generales el proyecto del Ministerio de Ambiente que modifica el régimen de gestión integral de residuos peligrosos, al considerar que fortalece la trazabilidad, el control ambiental y la economía circular. Sin embargo, advirtió que las nuevas obligaciones técnicas, operativas y de información podrían generar costos adicionales para empresas, gestores, transportadores y laboratorios, especialmente por exigencias de ensayos, acreditaciones, infraestructura y mayores reportes. La entidad recomendó al MinAmbiente profundizar el análisis sobre el impacto económico y competitivo de estas medidas, así como justificar mejor los plazos de transición previstos para evitar barreras de entrada o afectaciones desproporcionadas en el mercado.
El Ministerio de Vivienda impulsa una regulación para reglamentar el mecanismo especial de apoyo, buscando impulsar la inversión y sostenibilidad de los sistemas de aprovisionamiento de agua gestionados por comunidades. Esta iniciativa, derivada de la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 1077 de 2015, pretende fortalecer la gestión comunitaria del agua y el saneamiento básico, facilitando el acceso a recursos financieros para la construcción, ampliación, optimización, reconstrucción, rehabilitación o gestión del riesgo de infraestructuras. Se financiarán equipos, materiales, repuestos, y costos administrativos y operativos, promoviendo convenios solidarios con gestores comunitarios para asegurar un servicio público eficiente y sostenible, en línea con el Plan Nacional de Desarrollo y los preceptos constitucionales sobre el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población