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Miércoles, 10 Junio 2026

Edición 1655 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

 La Secretaría Distrital de Ambiente consideró jurídicamente viable de manera condicionada, el Proyecto de Acuerdo que busca robustecer las estrategias de manejo de llantas usadas en la Capital. La Autoridad Ambiental respaldó el proyecto tras verificar la inexistencia de antecedentes sobre la materia en el Boletín Legal Ambiental. No obstante, condicionó su viabilidad al cumplimiento de las recomendaciones técnicas sugeridas en el documento. Asimismo, aclaró que la emisión de este concepto se realiza bajo los parámetros del Código de Procedimiento Administrativo, lo que significa que el pronunciamiento de la entidad sirve como criterio orientador y no posee un carácter obligatorio o ejecutable.

El Ministerio de Ambiente precisó que el porcentaje no inferior al uno por ciento (1%) de los ingresos corrientes de libre destinación que deben destinar los departamentos, distritos y municipios en las áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos que surten de agua los acueductos municipales, distritales y regionales, definido en el artículo 111 de la Ley 99 de 1993, debe estar destinado a la adquisición o mantenimiento de áreas de interés para acueductos municipales, distritales y regionales o para financiar esquemas de pago por servicios ambientales (PSA) en dichas áreas. El mantenimiento debe ser entendido de acuerdo con lo dispuesto en la normatividad como aquellas actividades de preservación y restauración de los ecosistemas que se desarrollan directamente en los predios adquiridos. Así mismo, se permite invertir estos recursos en gastos asociados, que, para el caso de predios adquiridos, corresponderá a los gastos de su custodia y administración.

Prensa Jurídica publica los conceptos expedidos por la SSPD durante 2026 donde se consolidan criterios sobre la facturación de los servicios públicos y los límites de los cobros trasladados a los usuarios. La entidad precisó reglas sobre el contenido y alcance de la factura, la inclusión de otros cobros, el cobro de gastos derivados de la gestión prejurídica adelantada por las empresas prestadoras y la medición y facturación del servicio de energía en áreas comunes. Con estas interpretaciones, la SSPD reafirma que la factura no solo cumple una función de cobro, sino también de información y garantía para el usuario, bajo parámetros de legalidad, transparencia y adecuada prestación del servicio.

La Dirección Legal Ambiental de la Secretaría Distrital de Ambiente emitió concepto jurídicamente viable pero condicionado frente al Proyecto que busca estructurar una gestión integral para descontaminar, preservar y restaurar el Río Bogotá mediante la creación de la Gerencia Estratégica de la Cuenca Hidrográfica y el Fondo Común de Cofinanciamiento. La entidad respaldó la propuesta legislativa por alinearse con los objetivos de protección del afluente, pero condicionó su viabilidad al cumplimiento estricto de una serie de observaciones técnicas. Asimismo, precisó que este pronunciamiento se emite bajo el marco del código administrativo, operando como un criterio orientador no obligatorio.

El Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Transporte publicaron para comentarios el borrador del documento CONPES de Política de Modernización Ferroviaria. La iniciativa establece una hoja de ruta estratégica para transformar la infraestructura de transporte, con la ambiciosa meta de elevar la red férrea operativa del 36% actual a más del 75% para después de 2035. El plan consolida proyectos clave como la APP La Dorada-Chiriguaná y el tren de Zipaquirá. Según el Gobierno, la migración hacia este sistema intermodal es urgente, ya que promete reducir en un 26% los costos de exportación, acortar los tiempos logísticos en un 23% y disminuir hasta en un 82% las emisiones de óxido nitroso.