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Proyecto de Norma

Proyecto de Norma (55)

Este proyecto de norma busca reconocer y proteger los derechos del campesinado, garantizando su relación con la tierra y su papel fundamental en la producción de alimentos para asegurar la soberanía alimentaria. El documento aborda la implementación de una política pública de Agroecología en Colombia. Se identifican varias razones para la necesidad de esta política, incluyendo las externalidades negativas de la agricultura convencional y la falta de apoyo estatal. La resolución busca fomentar la transición hacia modelos de producción sostenibles, ofreciendo incentivos y apoyos directos a jóvenes campesinos y productores agropecuarios. Además, se hace énfasis en la importancia de la educación rural y la investigación en agroecología. El documento también menciona la obligación del Estado de promover la agroecología, en línea con acuerdos previos y políticas nacionales, y resalta la necesidad de una reconversión hacia sistemas agroalimentarios sustentables que aborden desafíos sociales, económicos y ambientales actuales.

El proyecto de norma se encuentra motivado teniendo en cuenta que la Caja de Compensación Familiar Campesina COMCAJA no se encuentra en liquidación, sino que es objeto de la medida cautelar de Intervención Administrativa adoptada por la Superintendencia del Subsidio Familiar mediante la Resolución 392 de 2005. Por esta razón, para MinArgicultura se hace necesario modificar el nombre de COMCAJA en los Decretos 1985 de 2013 y 1071 de 2015, eliminando de su denominación “en liquidación”.

El nuevo artículo que se añade al decreto tiene como objetivo principal regular los "Proyectos productivos sostenibles para la participación en la Reforma Agraria". Específicamente, se busca en cuanto a planificación y formulación, que la Agencia Nacional de Tierras (ANT) se encargue de planear, formular y estructurar proyectos que promuevan el acceso a la tierra como un factor productivo.

El tema central del proyecto de norma es la modificación y simplificación de los procedimientos administrativos relacionados con la adquisición de predios en suelo rural en Colombia. El decreto busca mejorar la regulación de la adquisición, adjudicación de tierras y procesos agrarios, garantizando los derechos territoriales de campesinos, pueblos indígenas y comunidades afrocolombianas.

El proyecto publicado por MinAgricultura busca realizar la actualización de la reglamentación directamente relacionada con la producción primaria, procesamiento, empacado, etiquetado, almacenamiento, certificación, importación y comercialización de productos orgánicos, todo esto citado de aquí en adelante como “producción orgánica certificada”; se ha procedido a realizar un AIN completo respetando los principios de la multidisciplinariedad, la coordinación interinstitucional, la evidencia, la participación y transparencia, la proporcionalidad y el lenguaje claro; siguiendo las diferentes etapas definidas para esto.

Se publicó el 21 de junio de 2024, por el término de 15 días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación. Se recibirán observaciones en el correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. / Artículo 1. Objeto. Actualizar la conformación y convocar al Comité Ejecutivo del Fondo de Organización y Capacitación Campesina ordenado por el artículo 107 de la ley 160 de 1994. Artículo 2. Comité Ejecutivo. El Fondo será administrado y reglamentado por un Comité Ejecutivo conformado de la siguiente manera: 1. El Viceministro (a) de Desarrollo Rural o su delegado (a) quien lo presidirá 2. El Director (a) General de la Agencia Nacional de Tierras o su delegado (a). 3. El Presidente (a) de la Agencia de Desarrollo Rural o su delegado (a). 4. Un (1) delegado del Departamento Administrativo de la Prosperidad Social – DPS. 5. Tres (3) representantes de las organizaciones campesinas, de los cuales al menos una (1) será mujer y un (1) representante de las organizaciones indígenas. Parágrafo 1. El Comité Ejecutivo estará asesorado por representantes de las organizaciones participantes como invitado (a)s en la Comisión Intersectorial para la Reforma Agraria, el Desarrollo Rural y la Reforma Rural Integral.

A través de este proyecto de norma se modifica el Artículo 2 de la Resolución 00101 de 2022 “Por medio de la cual se reglamenta parcialmente el artículo 19 de la Ley 2183 de 2022, relacionado con las operaciones autorizadas al Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios — FAIA”, el cual quedará de la siguiente forma: “Artículo 2. Operación de financiación de apoyos a la producción, transporte, almacenamiento y demás actividades necesarias para el uso eficiente, competitivo, racional y sostenible de los insumos agropecuarios. El Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios — FAIA, para desarrollar la Operación de financiación de apoyos a la producción, transporte, almacenamiento y demás actividades necesarias para el uso eficiente, competitivo, racional y sostenible de los insumos agropecuarios; podrá realizar las siguientes actividades, de acuerdo con el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución, así: A. Apoyo a la compra de insumos agropecuarios dirigido a pequeños y medianos productores de cadenas priorizadas. Apoyo mediante el cual se reconocerá una parte del valor de la compra de los insumos agropecuarios relevantes en las actividades agropecuarias, los cuales serán definidos por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a los pequeños y medianos productores agropecuarios.

El proyecto de acto administrativo busca Declarar como Áreas de Protección para la Producción de Alimentos - (APPA) en calidad de determinante del ordenamiento territorial de nivel 2, una parte de los municipios de La Jagua del Pilar, Urumita, Villanueva, El Molino, San Juan del Cesar, Distracción, Fonseca, y Barrancas ubicados en la región sur del departamento de La Guajira. La declaratoria corresponde a 79.961,88 hectáreas, de las cuales 34.263,71 hectáreas (42.85%) tienen un uso condicionado al interior de la frontera agrícola de acuerdo con la zonificación ambiental. La información cartográfica de la presente Resolución se encuentra disponible en el anexo denominado “cartografía”, en el documento técnico denominado “Identificación de las áreas de protección para la producción de alimentos (APPA) en la Región Sur del departamento de La Guajira, en los municipios de La Jagua del Pilar, Urumita, Villanueva, El Molino, San Juan del Cesar, Distracción, Fonseca, Barrancas y Hatonuevo”, los cuales hacen parte integral de la presente resolución y, en el Sistema de Información para la Planificación Rural Agropecuaria (SIPRA) de dominio de la UPRA.

A través del presente proyecto se busca fijar las reglas para la convocatoria y elección del delegado o delegada de las Asociaciones y Organizaciones Campesinas y de los Gremios del Sector Agropecuario ante el Consejo Directivo de la ANT en aspectos relacionados con la convocatoria para la inscripción, requisitos para participación y votación de las Asociaciones u Organizaciones Campesinas, requisitos para participación y votación de Gremios del Sector Agropecuario, postulación del delegado de las Asociaciones u Organizaciones Campesinas y de los Gremios del Sector Agropecuario, inhabilidades e impedimentos para ser postulado y término de postulación.

Este proyecto de resolución busca regular las condiciones y requisitos para la inscripción y cancelación de las organizaciones de cadena en el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, que se constituyan en el territorio nacional. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural determinará la calidad de representatividad en los eslabones de las organizaciones de cadena que lo requieran.