El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto que fijó el salario mínimo legal para 2026, al advertir, en un análisis preliminar, posibles irregularidades en su expedición. La Sala señaló que, cuando no hay acuerdo en la Comisión Permanente de Concertación, el Gobierno debe expedir el decreto con motivación reforzada, sustentada en criterios constitucionales y legales como inflación, productividad, contribución de los salarios al ingreso nacional y la situación económica general. Encontró que el acto demandado presentaría insuficiente justificación técnica y argumentativa, lo que podría vulnerar los principios de concertación tripartita, legalidad y motivación del acto administrativo.
La Corte Constitucional concedió la tutela a un trabajador en misión despedido sin autorización del Ministerio del Trabajo, pese a estar amparado por el fuero de salud. Ordenó su reintegro a la empresa de servicios temporales y a la empresa usuaria, al considerar que el límite de un año para este tipo de contratación no justifica desconocer la estabilidad laboral reforzada. La Corte reiteró que el despido de trabajadores con afectaciones de salud requiere autorización previa y causa objetiva, cuya prueba corresponde al empleador. También protegió la intimidad al prohibir exigir historias clínicas y ordenó eliminar esos registros, y pidió agilizar la calificación de pérdida de capacidad laboral.
La Corte declaró la exequibilidad condicionada de la expresión "la trabajadora" contenida en el artículo 237 del Código Sustantivo del Trabajo. Este artículo, que regulaba el descanso remunerado en caso de aborto, fue demandado por excluir a hombres trans y personas no binarias gestantes, vulnerando los derechos a la igualdad y a la identidad de género. La Corte concluyó que la norma configuraba una omisión legislativa relativa, ya que no existía una razón constitucionalmente válida para negar este beneficio a otras personas gestantes, más allá de la identidad de género. En consecuencia, el beneficio de la licencia remunerada por aborto se extiende a todas las personas gestantes, en aras de eliminar la discriminación y promover un lenguaje legislativo inclusivo que vincule la protección a la capacidad de gestar.
Un proyecto de decreto busca establecer una "Red de Protección Social para la Vida" para las personas recicladoras de oficio en Colombia, con el objetivo de dignificar su labor y garantizar el acceso a la seguridad social. La iniciativa está diseñada para proteger a trabajadores independientes con ingresos de hasta un salario mínimo, reconociéndolos como sujetos de especial protección constitucional. Este marco contempla su permanencia o priorización en el régimen subsidiado de salud, así como el acceso a los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) o al Programa de Subsidio al Aporte en Pensión (PSAP), con aportes de las Organizaciones de Recicladores de Oficio (OROs) y el Fondo de Solidaridad Pensional. Además, se establece que las OROs serán responsables de la afiliación y pago a riesgos laborales, financiados mediante recursos de la tarifa del servicio de aseo. El proyecto también prioriza la inclusión de recicladores adultos mayores en el programa "Colombia Mayor", consolidando derechos fundamentales y resaltando la crucial contribución ambiental de este sector.
El DNP publicó un proyecto de norma para calcular la Tasa de Desempleo Estructural para 2025 en 10.54%, un valor que determinará la posible ampliación de la licencia remunerada de paternidad. Esta resolución busca cumplir con el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 2114 de 2021, que otorga a los padres dos semanas de licencia, extensibles hasta cinco según la disminución de esta tasa. La metodología de medición fue definida conjuntamente en 2021 por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Banco de la República y el DNP, y consiste en la mediana de las tasas de desempleo mensuales desestacionalizadas del DANE de los últimos 60 meses. El DNP es el encargado de calcular y publicar esta tasa anualmente. La resolución, que fijó el 10.54% para 2025, fue publicada para conocimiento público y regirá tras su divulgación en el diario oficial y la página web del DNP.