Un proyecto de decreto busca establecer una "Red de Protección Social para la Vida" para las personas recicladoras de oficio en Colombia, con el objetivo de dignificar su labor y garantizar el acceso a la seguridad social. La iniciativa está diseñada para proteger a trabajadores independientes con ingresos de hasta un salario mínimo, reconociéndolos como sujetos de especial protección constitucional. Este marco contempla su permanencia o priorización en el régimen subsidiado de salud, así como el acceso a los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) o al Programa de Subsidio al Aporte en Pensión (PSAP), con aportes de las Organizaciones de Recicladores de Oficio (OROs) y el Fondo de Solidaridad Pensional. Además, se establece que las OROs serán responsables de la afiliación y pago a riesgos laborales, financiados mediante recursos de la tarifa del servicio de aseo. El proyecto también prioriza la inclusión de recicladores adultos mayores en el programa "Colombia Mayor", consolidando derechos fundamentales y resaltando la crucial contribución ambiental de este sector.
Este proyecto de resolución del Ministerio del Trabajo busca adicionar un capítulo al Decreto 1072 de 2015 para prevenir, constatar y sancionar la tercerización e intermediación laboral ilegal, así como promover la formalización y protección de derechos laborales. Define la tercerización laboral y contratistas, y establece criterios como la ejecución personal del trabajo, la determinación de horario y lugar por el beneficiario, y el suministro de herramientas por la empresa contratante, como indicios de ilegalidad. El Ministerio podrá imponer multas sucesivas hasta de 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada infracción, ordenar la suspensión temporal de actividades (especialmente si hay afectación a la seguridad y salud), e incrementar sanciones por reincidencia, garantizando que sean disuasorias y proporcionales.
El MINISTERIOD E Trabajo busca prorrogar la vigencia del régimen especial de pensiones para trabajadores en actividades de alto riesgo, establecido originalmente en los Decretos 2090 de 2003 y 2655 de 2014, hasta que el Congreso expida una ley al respecto. Esta decisión responde a la persistencia de condiciones laborales que afectan la expectativa de vida saludable, justificada por evidencia técnica y respaldada por la Corte Constitucional para evitar la regresividad en derechos sociales. El decreto reconoce la necesidad de proteger a estos trabajadores, garantizando la progresividad y no disminución en sus beneficios pensionales, además de extender la protección a quienes ingresen al sistema tras la publicación de la norma. Así, se reafirma el compromiso con la seguridad social como derecho irrenunciable y la igualdad material frente a los riesgos laborales que enfrentan ciertos colectivos.
El proyecto de norma crearía el Registro Único de Trabajadores Portuarios de Colombia (RUTRAPORT), ampliando su alcance y fortaleciendo su funcionamiento. El RUTRAPORT ahora incluirá toda la información sobre las personas que prestan servicios en la cadena logística portuaria, desde el ingreso hasta la entrega final, incluyendo actividades auxiliares. Se establece que las empresas y operadores portuarios deben reportar datos veraces, actualizados y completos sobre sus trabajadores y contratistas, incluyendo cargos, salarios, jornada laboral y condiciones de contratación. Además, el registro estará interoperable con otros sistemas oficiales y facilitará la inspección, vigilancia y control laboral, garantizando la protección de los derechos laborales y promoviendo la transparencia en el sector portuario, con lo cual se busca mejorar la gestión, supervisión y protección de los trabajadores portuarios en Colombia.
El proyecto de norma regula la contratación de mano de obra local en municipios con proyectos de exploración y producción de hidrocarburos. Establece la obligación de registrar vacantes en el Servicio Público de Empleo y prioriza la contratación en áreas de influencia del proyecto, municipios colindantes, departamento y finalmente territorio nacional. Incluye la nominación de población con barreras para la inserción laboral y promueve la reconversión laboral justa para facilitar la transición hacia la carbono neutralidad. Además, garantiza la seguridad y confidencialidad de datos personales y mantiene vigentes los procedimientos actuales hasta nuevos actos administrativos. El decreto busca fomentar empleo local, inclusión social y formalización laboral en el sector hidrocarburos, mediante un control riguroso y coordinación interinstitucional.
El proyecto de norma busca regular la retención y pago de la cuota sindical por beneficio convencional en la industria del petróleo. Establece que las empresas contratistas deben descontar del salario de sus trabajadores beneficiarios de convenios colectivos una suma equivalente a la cuota ordinaria de los afiliados al sindicato, trasladando estos recursos a la agremiación correspondiente, incluso si el trabajador no está afiliado. Se obliga a las contratistas a elaborar y actualizar periódicamente listados con información detallada sobre los trabajadores, para ser remitidos a las organizaciones sindicales en un plazo específico. La norma reconoce la especial tutela constitucional al sector petrolero, asegurando igual remuneración y prestaciones que los trabajadores de la empresa principal. Además, se garantiza el derecho de los sindicatos a solicitar información y aclaraciones para el recaudo efectivo de las cuotas sindicales, fundamentado en la Ley 50 de 1990, el Decreto Legislativo 284 de 1957 y jurisprudencia constitucional relevante.
El objetivo del proyecto de resolución del Ministerio de Trabajo es establecer los requisitos mínimos para la elaboración y entrega del informe de seguridad por parte de los responsables de instalaciones clasificadas. Este informe debe contener información técnica, de gestión, prevención y funcionamiento relativa a los peligros y riesgos de las instalaciones, así como la justificación de las medidas adoptadas para garantizar la seguridad. Además, se define el proceso de carga del informe en la herramienta tecnológica dispuesta por el Ministerio.
El proyecto de Decreto busca crear el Programa Nacional “Incluir para Trabajar” para promover la inclusión laboral de personas con discapacidad en Colombia, eliminando barreras y garantizando igualdad de oportunidades y trato digno. Basado en la Constitución y tratados internacionales, integra políticas de empleo, emprendimiento y ajustes razonables en entornos laborales. Incluye la creación de un Registro Nacional de Buscadores de Empleo con Discapacidad, incentivos para la contratación, programas de incubación y aceleración social, y seguimiento a procesos contractuales. Busca articular acciones de diferentes entidades para fortalecer la inclusión efectiva y sostenible de esta población en el mercado laboral.
El proyecto de norma que establece la Ruta Tipo de Reconversión Laboral del sector Trabajo en Colombia tiene como objetivo principal facilitar la transición laboral de los trabajadores afectados por transformaciones económicas y sociales hacia actividades productivas sostenibles. Busca garantizar el acceso a formación y capacitación laboral, fomentando la empleabilidad y el emprendemiento. Esta ruta se articula con los principios de igualdad de oportunidades y protección de derechos laborales, alineándose con las leyes que promueven la transición justa.
El proyecto de norma establece criterios para la continuidad de derechos y garantías de trabajadores en actividades de alto riesgo, en relación con la pensión especial de vejez según el Decreto 2090 de 2003. Se aclara que los trabajadores vinculados hasta el 31 de diciembre de 2014 pueden acceder a este régimen, y se permite que las semanas de cotización previas a este decreto, calificadas como de alto riesgo, cuenten para el régimen de transición. La norma habilita al Gobierno Nacional a extender el plazo de vigencia del régimen especial hasta 2024. Los trabajadores que hayan cotizado al menos 500 semanas en actividades de alto riesgo podrán acceder a la pensión bajo las condiciones anteriores. La resolución se aplica a todos los empleadores y trabajadores afiliados al Sistema General de Pensiones, garantizando así la protección de los derechos de quienes laboran en estas actividades.