“La Corte Constitucional negó la tutela que presentó un interno de la cárcel de Bucaramanga porque el centro de reclusión le exigió cortarse el cabello, mientras que, en su opinión, otras personas privadas de la libertad (PPL) pueden llevarlo como quieran por pertenecer a la
“Así lo concluyó la Sala Segunda de Revisión al estudiar las tutelas que presentaron cuatro colombianos residentes en Chile, quienes afirmaron que se violaron sus derechos porque al momento de solicitar la expedición de un certificado de antecedentes judiciales con fines
“La Corte Constitucional protegió los derechos de un ciudadano que ocupó el primer lugar en la lista de elegibles para ser nombrado en el cargo de secretario en un juzgado de Caldas (Antioquia), hecho que no ocurrió porque el titular del despacho le dio prioridad a la persona
La Sala analizó la acción de tutela interpuesta por un ciudadano en contra de la Fundación Wikimedia que aloja la página web Wikipedia.org, por considerar que esta vulneró sus derechos a la honra, buen nombre, y por conexidad el debido proceso y la presunción inocencia, al
“La Corte ha reconocido el transporte intraurbano a niños, niñas y adolescentes, con base en el análisis de tres elementos: su condición de sujetos de protección especial constitucional, las patologías que padecen y la condición de precariedad económica suya y de sus familias”.
“A esta conclusión llegó la Sala Segunda de Revisión al estudiar la tutela que presentó un ciudadano contra el Distrito Militar No. 1 del Ejército Nacional por cuanto este liquidó la cuota de compensación militar a su cargo con base en la situación económica de sus padres, pese
“La Corte explicó que: “La vulneración de los derechos fundamentales del menor no solo ha provenido de las actuaciones negligentes de su madre, de su padre y de la cuidadora del niño. Las autoridades judiciales demandadas omitieron sus deberes convencionales,
“El servicio de agua y saneamiento ambiental básico son derechos fundamentales y se deben garantizar de forma continua e ininterrumpida por parte de las empresas prestadoras de estos servicios”. Así lo indicó un reciente comunicado de la Corte a través de una acción de
La Sala explicó que "la discrecionalidad relacionada con la desvinculación del personal resultará legítima cuando se evidencie, de manera probada y razonable, que existen razones de seguridad nacional, o circunstancias especiales del servicio, que justifiquen denegar el retiro
“La Corte recordó en un fallo de tutela reciente que el incumplimiento de las obligaciones económicas con instituciones educativas no puede dar lugar a la retención de documentos académicos, pero que dicha regla opera únicamente cuando el interesado demuestre: (i) una