que ocupaba dicho cargo en provisionalidad por gozar de estabilidad laboral reforzada con fuero de pre pensionada”.
“La Corte Constitucional protegió los derechos de un ciudadano que ocupó el primer lugar en la lista de elegibles para ser nombrado en el cargo de secretario en un juzgado de Caldas (Antioquia), hecho que no ocurrió porque el titular del despacho le dio prioridad a la persona
que ocupaba dicho cargo en provisionalidad por gozar de estabilidad laboral reforzada con fuero de pre pensionada”.