derechos fundamentales del demandante y, en consecuencia, ordenará a Capital Salud E.P.S.-S. que, por medio de los profesionales médicos adscritos a su red de servicios, valore de forma integral las condiciones de salud del accionante, establezca el tratamiento adecuado para su rehabilitación física y sus trastornos mentales y de comportamiento, y expida las autorizaciones necesarias para el suministro de los servicios médicos requeridos para su rehabilitación integral y la atención de su condición en salud mental. Lo anterior, conforme a los criterios establecidos en la Ley 1616 de 2013 para otorgar una atención adecuada a las personas en el ámbito de la Salud Mental.