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SC Sent. de Cons.

Texto de la sentencia de la Corte Constitucional que declaró inexequible el parágrafo 1 del artículo 93 de la Ley 1952 de 2019 y el parágrafo 1 del artículo 76 de la Ley 734 de 2002, éste último con efectos a partir del 13 de enero de 2021, fecha en que la Comisión Nacional de Disciplina Judicial inició su funcionamiento.

Para la Corte, el artículo 16 de la Ley 1996 de 2019, que establece el régimen para el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad, “constituyen un gran avance en materia de derechos y resultan acordes con el modelo social de discapacidad, que se integró al bloque de constitucionalidad con la Convención Internacional sobre los Derechos de

La Corte declaró constitucional el artículo 87 de la Ley 1328 de 2009, “Por la cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores, cuyo texto reza: “Artículo 87. Beneficios Económicos Periódicos.

“La Corte encontró que la tesis del demandante pretendía que el recurso de la apelación asumiera, en el trámite de extinción de dominio, un alcance semejante al que tiene la garantía de la doble conformidad judicial en materia penal.

Los accionantes plantearon dos cargos por violación del derecho a la igualdad y al principio de especial protección de las personas de la tercera edad contra algunos apartes normativos del parágrafo 5º del artículo 204 de la Ley 100 de 1993, adicionado por el artículo 142 de la Ley 2010 de 2019. La Sala analizó el contenido, alcance y contexto normativo de las expresiones acusadas.

Para el Actor, el tema de derechos patrimoniales de autor o conexos no fue abordado en el debate, es decir, discute su votación en el Congreso. Para la Sala, “queda fuera de la órbita de competencia del juez constitucional medir la calidad, la intensidad, la profundidad y la suficiencia de la deliberación en el seno de las Comisiones y de las Plenarias.

Para la Sala, no se trata de conceptos asimilables, pues mientras el primero se sujeta indispensablemente al uso de las TIC para el desempeño de la actividad y el contacto con la empresa; el trabajo en casa, como lo establece el Ministerio del Trabajo, responde a una “(…) situación ocasional, temporal y excepcional, [ajena a] los requerimientos necesarios para el teletrabajo,

En esta sentencia, que acaba de hacerse pública, la Corte declaró Constitucional el Ley 2061-2020 y del Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Francesa para evitar la doble tributación y prevenir la evasión y la elusión fiscal con respecto a los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, y su protocolo, suscritos en Bogotá el 25 de junio de 2015”.

La Corte Constitucional declaró inexequible la Sección 2201 del artículo 2 de la Ley 2063 de 2020, por la cual se decreta el Presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2021.

Para la Sala, “el legislador no vulneró los principios de igualdad, sostenibilidad financiera y el criterio de sostenibilidad fiscal establecidos en los artículos 13, 334 y 339 de la constitución, al definir en el artículo 307 de la ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso) que la Nación cuando sea condenada al pago de una suma de dinero, podrá ser ejecutada pasados 10 meses desde la ejecutoria de la providencia, o de la que resuelva su complementación o aclaración”.