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prensa juridica

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La UPME estableció un procedimiento especial y expedito para asignar capacidad de transporte a proyectos de generación eléctrica que ya cuenten con obligaciones energéticas vigentes y licencias ambientales cumplidas. Con miras a los años 2029 y 2030, esta normativa busca destrabar el flujo de trámites y acelerar la interconexión de nuevas fuentes de energía limpia al Sistema Interconectado Nacional. Al priorizar las iniciativas viables que ya tienen compromisos firmados con el país, el Gobierno nacional pretende responder eficazmente al crecimiento de la demanda energética, mitigar los riesgos asociados al cambio climático y fortalecer la soberanía y confiabilidad del servicio para todos los colombianos.

El Ministerio de Ambiente presentó un proyecto de Análisis de Impacto Normativo (AIN) con el objetivo de sustentar un reglamento técnico que regule la publicidad de productos con declaraciones ambientales en Colombia. La iniciativa busca combatir frontalmente el "ecoblanqueo" o greenwashing, erradicando afirmaciones falsas o exageradas para asegurar que los beneficios anunciados sean verídicos y comprobables. Asimismo, persigue proteger los derechos del consumidor al reducir la asimetría de información y estandarizar conceptos clave como "biodegradable" o "ecoamigable". Finalmente, el proyecto busca garantizar la competencia leal, salvaguardando a las empresas que invierten legítimamente en sostenibilidad, e impulsar patrones de consumo responsable en el país.

El Ministerio de Ambiente busca adoptar los nuevos términos de referencia en la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), requisito indispensable para tramitar licencias ambientales en la construcción y operación de aeropuertos o nuevas pistas. La futura norma, que derogará la Resolución 114 de 2015, busca estandarizar y optimizar la evaluación de impactos ecosistémicos y sociales en la infraestructura aeroportuaria. El borrador establece un régimen de transición: los trámites ya iniciados continuarán con las directrices previas, mientras que los estudios en desarrollo no radicados deberán adaptarse obligatoriamente a los nuevos lineamientos en un plazo máximo de seis meses tras la publicación oficial.

La CREG modificó formalmente el cronograma de la subasta del Cargo por Confiabilidad, extendiendo los plazos para las actividades que se encontraban pendientes de ejecución. Esta prórroga busca otorgar mayor flexibilidad y garantizar una participación óptima de los agentes del sector. La norma modificada, la Resolución CREG 101 079 de 2025, es la disposición que originalmente convocó y fijó las reglas para dicha subasta, orientada a asignar Obligaciones de Energía Firme (OEF) para asegurar el abastecimiento del servicio eléctrico del país durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2029 y el 30 de noviembre de 2030, protegiendo al sistema ante futuras crisis de escasez.

La SSPD precisó que los constructores tienen la obligación legal de construir e instalar las redes internas y los medidores individuales en proyectos de propiedad horizontal. Sin embargo, aclaró que ni el constructor ni la administración de la copropiedad adquieren la calidad de prestadores de servicios públicos; actúan únicamente como usuarios o suscriptores frente a las empresas prestadoras. Por esta razón, la entidad carece de competencia para intervenir en disputas sobre cobros provisionales internos o valores cobrados de forma indebida en el marco de la propiedad horizontal, debiendo resolverse dichos conflictos contractuales ante la justicia ordinaria.

 La SSPD precisó que las empresas de acueducto deben investigar obligatoriamente las desviaciones significativas en el consumo antes de emitir la factura. Si el prestador altera el promedio sin justificar la causa técnica, el cobro carece de sustento legal. Frente a medidores dañados o inexistentes, el usuario tiene derecho a elegir el técnico para su reparación o instalación, y la empresa solo intervendrá tras vencerse el plazo otorgado. Además, se recordó que las peticiones deben resolverse en 15 días hábiles, bajo pena de configurarse el silencio administrativo positivo en favor del ciudadano, obligando a la aceptación de sus pretensiones.

La SIC emitió un concepto de abogacía de la competencia sobre el proyecto de resolución que regula los componentes sintéticos de mezcla (SBC) y combustibles de aviación semisintéticos. Aunque la autoridad determinó que los requisitos de habilitación previos son proporcionales a los riesgos técnicos del sector, objetó la restricción que limita la distribución de SBC exclusivamente a productores, refinadores y mayoristas autorizados. Al excluir de este acceso a agentes como distribuidores minoristas, la norma generaría un trato diferenciado injustificado. La entidad recomendó al Ministerio ajustar la regla bajo un criterio funcional, permitiendo la distribución a cualquier actor que certifique la capacidad técnica verificable para garantizar la calidad y seguridad del producto.

La SIC publicó un concepto de abogacía de la competencia respecto al proyecto de decreto liderado por la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF). El proyecto busca modificar el Decreto 2555 de 2010 para reglamentar el derecho gratuito de los usuarios a trasladar sus productos financieros entre entidades vigiladas. Aunque la SIC valoró positivamente la iniciativa por reducir costos y promover la libre competencia, recomendó profundizar las justificaciones técnicas, jurídicas y económicas del proyecto. Esto se debe a que la norma impone tratos diferenciados al incluir carteras de consumo, comercial e hipotecaria, pero excluye arbitrariamente productos de depósito, seguros, microcréditos y factoring.