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Seccion 5

Seccion 5 (298)

“Se demandó la nulidad del acto de designación del gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Cúcuta S.A. E.S.P., bajo la consideración de (I) la falta de competencia por parte del alcalde municipal de San José de Cúcuta para expedir

La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección del señor Andrés Eduardo Gómez Martínez como alcalde de Sincelejo para el período 2020–2023 porque se demostró que incurrió en la prohibición de doble militancia en la modalidad de apoyo.

 El Consejo de Estado exhortó a CORPOCESAR para que, en las sucesivas elecciones de los representantes del sector privado ante su Consejo Directivo, realice las invitaciones públicas con la suficiente antelación para el debido cumplimiento de los plazos que rigen cada una de sus etapas y, en particular, la fecha límite establecida

En el presente asunto la demandante formuló como pretensión el cumplimiento de los numerales 18 y 25 del artículo 73 y literal “a” del numeral 1º del artículo 74 de la Ley 142 de 1994, con la finalidad de “advertirle a la CREG que está obligada a ejercer sus funciones especiales, y adelantar los trámites, gestiones, denuncias y

En esta providencia el Consejo de Estado hizo precisiones en cuanto al procedimiento de elección de representantes de las comunidades negras ante los consejos directivos de las corporaciones autónomas regionales. Para la Sala, para la Sala es necesario revisar el contenido del Decreto 1076 de 2015 que regula el procedimiento que debe surtirse para la elección del

Para la Sala, la demandada y el representante de la Universidad de la Amazonia, al igual que el Ministerio Público, “consideraron que todo el proceso de elección del representante del sector productivo atendió las normas adoptadas a nivel interno por la institución, señalando incluso que la misma normatividad no consagra la obligación de garantizar la inscripción y votación en

Para la Sala, lo cierto es que el encargo fiduciario establecido para el manejo de los recursos del fondo del notariado no ha sido constituido por la SuperNotariado, a pesar del largo tiempo transcurrido desde la expedición del acto administrativo que le impuso este deber. En la impugnación, la SuperNotariado no formuló ningún reparo al preciso alcance que tiene la norma

El demandante explicó que el artículo 33 de la Ley 1438 de 2011 (reforma el SGSSS), establece en cabeza de las entidades accionadas, la obligación de reglamentar un sistema de presunción de ingresos. Para la Sala, “atendiendo a la lectura integral del artículo invocado en la demanda, la materia que el legislador dispuso reglamentar a cargo del Gobierno Nacional en cuanto al

 Para la Sala, “la reglamentación del CNE en materia de cancelación de cédulas de ciudadanía derivada de la inscripción irregular comprobada, sí es un asunto de su competencia, ante la jerarquía normativa que da cuenta que no estaba reservada de manera exclusiva al Congreso, comoquiera que resulta ser un aspecto técnico y operativo que puede reglamentar el CNE, según

Un ciudadano consideró que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social desconoció sus garantías constitucionales con fundamento en que, si bien su hogar se encuentra cubierto al haber sido identificado como beneficiario del incentivo del Gobierno denominado Ingreso Solidario, lo cierto es que a la fecha no le ha sido posible percibir dicha ayuda económica