la Sala concluye que existe una contradicción entre lo mencionado por los testigos; especialmente, en lo relacionado con la causa del daño moral alegado, dado que la primera
Según las solicitantes de la medida cautelar de urgencia, una de las cláusulas de la concesión no. 19 de 2009, le otorgaba, como concesionarias,
“El daño alegado por la demandante consiste en la imposibilidad de explotar económicamente, en actividades de ganadería, 40 hectáreas del predio “El Porvenir”,
“El Ejército Nacional, realizó un operativo de inteligencia encaminado a la recolección de información sobre el orden público en varios barrios de Florencia (Caquetá) para
“Un ciudadano solicitó la protección de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y la defensa del patrimonio público, al considerar que la implementación
“La prohibición de tener hijos y la exigencia de ser soltera para trabajar como patrullera en la Policía Nacional carece de razonabilidad constitucional y vulnera derechos
Este Despacho negó la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de las resoluciones de la ANM GSC-ZC 00010 de 2016 y GSC-000128 de 2017,
Se declara infundado el recurso extraordinario de anulación interpuesto en contra del Laudo Arbitral de 28 de marzo de 2019,
El predio de propiedad de los demandantes continúa gravado con una servidumbre impuesta desde 1963 cuya presunta beneficiaria es ECOPETROL S.A.-,
La Providencia analiza los deberes de la Dirección Antinarcóticos de la Policía Nacional respecto de la erradicación de cultivos ilícitos.