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Infundado recurso de anulación contra Laudo Arbitral entre Canacol y el Oleoducto Bicentenario de Colombia S.A.S

Escrito por  May 08, 2020

Se declara infundado el recurso extraordinario de anulación interpuesto en contra del Laudo Arbitral de 28 de marzo de 2019,

proferido por el Tribunal Arbitral integrado para dirimir las controversias surgidas entre Canacol Energy Colombia S.A. y el Oleoducto Bicentenario de Colombia S.A.S. en el marco del Contrato de Transporte Bicentenario, suscrito entre las partes el 20 de junio de 2012. Así, no halla la Sala que el Tribunal haya incumplido su deber de decidir la controversia, vulnerando el principio de congruencia. En virtud de lo anterior, la Sala considera que resulta infundada la causal de anulación interpuesta. respecto de la afirmación de la recurrente según la cual los derechos de CECSA como inversionista extranjero fueron vulnerados, ya que el Laudo Arbitral había configurado una violación al estándar mínimo de trato del TLC entre Colombia y Canadá, se señala que la aludida presunta trasgresión no está contemplada en las causales de anulación; las cuales, tal como se expuso previamente, son taxativas. En consecuencia, no le compete al juez de anulación pronunciarse sobre este punto 

CE-SECC3-64255-2020