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Sección 3

Sección 3 (1905)

“El Consejo de Estado determinó que la Drummond Ltd. no ha desacatado la orden de suspensión de la reglamentación al fracking, una técnica de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales que se adelanta mediante fracturación hidráulica”.

“CODAD S.A.S. señala que finalizó las obras adicionales el 6 de diciembre de 2016 y que, el 2 de agosto de 2017, las entregó junto a las obras del contrato de concesión al comité técnico de la ANI, quien las recibió a entera satisfacción con el aval del interventor del contrato aludido, razón por la cual afirma que, teniendo en cuenta esta última fecha, la solicitud de conciliación

La Sala confirma parcialmente la providencia proferida el 28 de marzo de 2019 por el Tribunal Administrativo de la Guajira, mediante la cual modificó la liquidación del crédito presentada por Interaseo S.A E.S.P., pero con la inclusión de los intereses moratorios.

Para la Sala, el contrato de seguro en el que era asegurada EPM, correspondiente a la póliza tomada por la unión temporal General Electric Company, para garantizar, entre otros riesgos, el de incumplimiento del contrato suscrito en el año 1999, no existe normativa que faculte a las empresas de servicios públicos para imponer, con la fuerza

La sociedad IV Ingenieros Consultores Sucursal Colombia S.A., interpuso demanda en ejercicio del medio de control de controversias contractuales en contra del IDU- con el fin de que se hagan las siguientes declaraciones y condenas en cuanto al rompimiento de la ecuación y quebrantamiento económico del contrato, por causas no imputables al contratista

El demandante pide Declare que la Nación- Ministerio de Justicia y a la DNE en liquidación y a la (SAE) administrativamente responsables por el incumplimiento del contrato de arrendamiento para uso y producción agrícola y ganadera del predio "Hacienda Potosí" ubicado en el municipio de Armero Guayabal, departamento del Tolima, al sacar mediante acto administrativo

El Consorcio Meridiano Ltda. pretende se declare la nulidad de las resoluciones 15051 del 10 de septiembre de 2001 y 15222 del 16 de octubre de 2001, proferidas por el rector de la Universidad de Antioquia, por medio de las cuales declaró desierto el proceso de selección de contratista para la gerencia de proyectos de la sede de investigación universitaria SIU.

“El Consejo de Estado condenó a la Fiscalía a pagar más de 539 millones de pesos por la privación injusta de la libertad del Almirante (r) de la Armada Nacional Gabriel Arango Bacci. Además, el ente investigador deberá ofrecer excusas al oficial (r) por estos hechos”, Agrega el comunicado de prensa alusivo al texto de fallo.

Para la Sala, en efecto, mediante sentencia del 26 de marzo de 1998 proferida por la Sección Tercera del Consejo de Estado, correspondiente a la acción de revisión del procedimiento de extinción interpuesta por el señor José Francisco Tamayo Russel contra el INCORA, se declaró la nulidad de las Resoluciones 05781 y 057

La Sala hace alusión a los artículos 293 y 295 de la Ley 685 de 2001, que establecen la atribución de competencia funcional para conocer los asuntos mineros que se tramitan ante la jurisdicción contenciosa administrativa. Es así como el punto central en la determinación de la competencia en única