La CREG precisó que existen contratos que son dirigidos a la atención de la demanda regulada y otros a la demanda no regulada. Los contratos se pueden realizar entre agentes generadores o entre agentes comercializadores o entre agente generador y agente comercializador. Así mismo, los únicos que compran o venden energía en el MEM son agentes comercializadores o agentes generadores; así mismo, los usuarios no regulados tienen la posibilidad de comprar energía para su demanda a través de contratos directos con agentes comercializadores o agentes generadores.
El primer paso para el proyecto de la dimensión presentada es aplicar la Resolución CREG 075 de 2021 donde podrá encontrar el proceso para la solicitud de la capacidad de conexión y el proceso de conexión, el cual es explicado por la Entidad a través de este documento.
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