La DIAN solicitó a la Sección Primera que unificara su jurisprudencia, al considerar que existen posturas divergentes y contradictorias que reflejan una incertidumbre jurídica que afecta de manera grave tanto a los usuarios aduaneros, a las empresas aseguradoras y a la misma administración pública. Para la Sala, “teniendo en cuenta la necesidad de señalar una posición univoca
La Alta Corte, al consultar el contenido del Decreto 1735-2020, acusado, este fue expedido por el Presidente de la República y el MinComercio, y de acuerdo con su parte motiva, “se profirió en ejercicio de la competencia dispuesta en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto Ley 4334 de 2008, referido a la intervención del Gobierno
La Sociedad Consultores Integrales en Tránsito y Transporte S.A.S. -CITT S.A.S.-, fue habilitada por MiniTransporte para operar como Centro Integral de Atención CIA. Para desarrollar y ejecutar dicha actividad, CITT S.A.S. matriculó un establecimiento de comercio,
El Consejo de Estado negó la nulidad del artículo 2° del Decreto 2810-2010 (levantamiento de la medida de suspensión correctiva del desembolso de los recursos de regalías y compensaciones), que reglamentó parcialmente los artículos 10 de la Ley 141 de 1994, 121 de la Ley 1151 de 2007 y modificó el Decreto 416 de 2007. Para la Sala, “la norma demandada no
La Sala examinó los argumentos expuestos por Colombina S.A. en contra de las Resoluciones del SIC través de las cuales concedió el registro de la marca “Splenda” (mixta) para distinguir azúcar, endulzantes de bajas calorías y suplentes del azúcar, productos comprendidos en la clase 30 en la Clasificación Internacional de Niza (toda clase de confitería y Dulcería), en favor de
Para la Sala, no resultaron suficientes los argumentos del demandante para decretar la medida cautelar de suspensión, “pues el actor no allegó prueba alguna tendiente a demostrar la existencia de un perjuicio irremediable o un daño inminente frente a sus derechos, que estima vulnerados, por la suspensión, de manera provisional, del ejercicio del cargo al señor Daniel Quintero Calle,
El Despacho observó que la vinculación de la UAESP al presente trámite se dio en la condición de tercera interesada en las resultas del proceso y, en ese sentido, su intervención, “más que atender o ser la llamada a responder por las pretensiones del actor, tiene como finalidad que dicha entidad, si así lo considera pertinente, se pronuncie en relación con la controversia que
La Alta Corte sancionó a la sociedad Recamier S.A., con una multa equivalente a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, valores que equivalen a 5.074.900. A su vez, decidió conminar a esta sociedad para que, de manera inmediata, remita las los canales de comercialización y los medios de publicidad utilizados para la promoción de los productos Muss Baby Pure
La Alta Corte declaró nulas las expresiones “las entidades territoriales” y “entidad territorial” del Decreto 3531 de 2004. Para la Sala, Sin duda alguna la voluntad del legislador es que la promoción y cofinanciación de proyectos de infraestructura para el uso del gas natural es específicamente en los municipios y el sector rural.
La Sala analizó la normativa aplicable al procedimiento administrativo de evaluación de un permiso de vertimientos de aguas domésticas al interior de un área protegida. La CARDER presentó demanda de suspensión provisional para obtener la nulidad de la Resolución 0930-2018, por medio de la cual la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial de esa entidad, otorgó