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Gobernación del Meta es competente para ejercer vigilancia y control a la Asociación Departamental de Usuarios Campesinos del Meta: Consejo de Estado

Escrito por  Jul 07, 2020

El Consejo de Estado estableció que el Decreto 755 de 1967 estableció un registro de usuarios de servicios públicos y promovió su asociación en cabeza del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Con fundamento en la citada norma, el Ministerio de Agricultura expidió la Resolución No. 061 de 1968 por medio de la cual reglamentó el registro y la creación de asociaciones de usuarios campesinos municipales.

Para la Sala de Consulta y Servicio Civil, En materia de vigilancia, inspección y control de las Asociaciones de Usuarios Campesinos tanto nacionales como no nacionales, se tiene que el Presidente de la República a través de decreto atribuyó dicha tarea al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o su oficina jurídica y a las Secretarías de Gobierno de las Alcaldías Municipales.

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