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SP-Sala Plena

SP-Sala Plena (582)

Se declaró competente a la Superintendencia de Sociedades para conocer y resolver de fondo la queja interpuesta contra los administradores y los socios que conforman el bloque mayoritario de la sociedad Serviambiental S.A., E.S.P. La Sala recordó que, las superintendencias, como entidades u organismos administrativos pertenecientes a la Rama Ejecutiva,

Para la Sala de Consulta, “vencimiento de los plazos previstos en la ley para el trámite de un proceso administrativo de restablecimiento de derechos, de ninguna manera conlleva la terminación del proceso ni la cancelación o el levantamiento de las medidas de protección o de restablecimiento adoptadas”. La Sala estudio aspectos generales sobre la protección y

La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado emitió un concepto por medio del cual señala la “participación y las facultades de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (en adelante ADRES) en los procesos de liquidación de las Entidades Promotoras de Salud (en adelante EPS)”.

La Sala declaró improcedente la acción de grupo, cuando las pretensiones están dirigidas a la indexación y pago de intereses moratorios por el reconocimiento y pago tardío de reajustes salariales de empleados públicos, señalando que corresponde al sistema jurídico laboral compensar e incluso indemnizar tales falencias.

"La Sala declaró la nulidad por inconstitucionalidad de los acápites normativos que corresponden a los artículos 8° y 29°  del Acuerdo Núm. 001 de 9 de marzo de 2018, en tanto que el rol asignado a los magistrados suplentes se encuentra asociado a la función de sustituir a los magistrados titulares y no a la posibilidad de reforzar el funcionamiento de las salas y

“todas las edificaciones nuevas y las existentes a la entrada en vigencia de la normativa sobre sismo resistencia, en los términos dispuestos en el numeral A.2.5.1 del Decreto 33 de 1998, debían y deben clasificarse en uno de los siguientes grupos: a) indispensables; b) de atención a la comunidad; c) de ocupación especial, y d) de ocupación normal”. Para la Sala, los grupos de

Para la Sala, se encontraron demostrados los elementos objetivos para la configuración de la incompatibilidad prevista en el artículo 180 numeral 4° de la Carta Política, “puesto que el representante a la Cámara por el departamento de Arauca para el período 2014-2018, realizó gestiones, desarrolló actividades efectivas y concretas para llevar adelante una iniciativa, en este

La Sala Plena consideró que “es procedente avocar conocimiento para conocer del asunto con el fin de que, mediante auto de unificación jurisprudencial, se definan si los artículos 23 y 45 de la Ley 2080 de 2021 deben ser aplicados o, por el contrario, han de ser exceptuados de su aplicación por su presunta inconstitucionalidad e inconvencionalidad, toda vez que,

“La regulación específica aduanera (parágrafo 1° del artículo 393-15 del Decreto 2685 de 1999, modificado por el Decreto 4051 de 2007) no estableció la manera en que debe acreditarse la experiencia de quien pretende ser usuario operador de una Zona Franca Permanente, el cual debe constituirse como una persona jurídica nueva con ese único propósito.

La Sala de Decisión del Consejo de Estado consideró que “las medidas adoptadas no restringen ni desmejoran los derechos y garantías fundamentales establecidas en la Constitución Política y en la Convención Americana de Derechos Humanos y, por el contrario, garantizan la efectividad de los derechos fundamentales a la educación de los niños, niñas y adolescentes,