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CE avocó conocimiento con fines de unificación la interpretación de la norma relacionada con el momento en que se entienden notificadas las sentencias bajo la Ley 1437 de 2011, con las modificaciones contenidas en la Ley 2080 de 2021

Escrito por  Dic 16, 2022

Para la Sala, “existe discordancia entre los diferentes despachos y Secciones que integran la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado en relación con la interpretación de los artículos 203 y 205 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo

Contencioso Administrativo, luego de las reformas introducidas por la Ley 2080 de 2021, en relación con el momento en que se entiende notificada una sentencia dictada por escrito y por ende desde cuándo se debe contar el término de ejecutoria de dicho fallo. No obstante que la decisión sobre la admisión del recurso es de competencia del ponente, se estima necesario que la Sala Plena avoque de oficio el conocimiento del proceso para adoptarla”.

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