La Relatoría de la Corte elaboró documento que contiene la síntesis de sentencias de tutela, constitucionalidad y autos,
La Corte encontró “vulnerados los principios de igualdad material y de equidad tributaria, por varias razones: I) al gravar a la tarifa plena del IVA (19%) solo al grupo poblacional de
“La demanda se dirigió contra segmentos de los artículos 4, 71 y 74 de la Ley 2010 de 2019, que regulan la inscripción en el Registro Único Tributario de responsables
Se solicita al Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y al Ministerio de Educación, para que, en desarrollo de sus competencias constitucionales y
El desconocimiento de la Unidad para las Víctimas de los hechos descritos en la declaración no es prueba suficiente de la no ocurrencia del acontecimiento. En efecto, los hechos victimizantes pueden ir desde su notoriedad a nivel nacional hasta su reserva a ámbitos privados
En el caso de los supernumerarios que se encuentren en estado de debilidad manifiesta en razón de sus condiciones de salud que se les da por terminada su vinculación, bajo el argumento del cumplimiento del término para el cual fueron vinculados.
En Sala Plena virtual la Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del Acto Legislativo 4 de 2019, “Por medio del cual se reforma el Régimen de Control Fiscal”, que adicionó al control fiscal posterior y selectivo el control preventivo y concomitante en cabeza del Contralor General de la República.
Por vulnerar los principios de unidad de materia, la Corte constitucional declaró inexequibles los artículos 26 y 28 de la Ley 1955 de 2019, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022”. La actora “estimó que los artículos 26 y 28 de la Ley 1955 de 2019 vulneraba el principio de unidad de materia, al regular el procedimiento de liquidación de
La Sala Plena de la Corte Constitucional, con ponencia del Magistrado Alberto Rojas Ríos, revisó la acción de tutela formulada por el ciudadano Tulio Felipe Rodríguez en calidad de consejero del pueblo ancestral JIW, en contra de la UARIV; la Alcaldía de Mapiripán; la Empresa de Servicios Públicos del Meta -EDESA-; la ANT; los Ministerios del Interior, de Agricultura y el ICBF, entre otros,
La demanda fue instaurada contra la expresión: “y dentro de la misma circunscripción político-administrativa”, contenida en el numeral 3º del artículo 178 del Decreto 960 de 1970 “por medio del cual se expide el Estatuto del Notariado”. Para la Sala, ese apartado normativo discrimina de manera injustificada a los notarios de carrera que no pertenecen a la circunscripción político