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Figura del supernumerario podría ser objeto de estabilidad laboral reforzada

Escrito por  May 11, 2020

En el caso de los supernumerarios que se encuentren en estado de debilidad manifiesta en razón de sus condiciones de salud que se les da por terminada su vinculación, bajo el argumento del cumplimiento del término para el cual fueron vinculados.

La Corte Constitucional estableció que, si se encuentran cumplidos los tres supuestos enunciados, hay una incuestionable afectación en el derecho fundamental a la estabilidad laboral reforzada. En consecuencia, siguiendo la misma línea de la sentencia C-200 de 2019 y la ya mencionada T-041 de 2019, es deber del operador judicial declarar: “(i) la ineficacia de la terminación o del despido laboral; ii) el derecho a ser reintegrado a un cargo que ofrezca iguales o mejores condiciones que las del cargo ocupado hasta su desvinculación, iii) a recibir, si es del caso, inducción para cumplir con los roles del nuevo cargo y iv) el derecho a recibir una indemnización equivalente a 180 días de salario”, sin perjuicio de las demás prestaciones e indemnizaciones a que hubiere lugar, de acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo”.

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