administrativa en la que está ubicada una notaría vacante, porque les impide ejercer el derecho de preferencia para ocupar esa notaría.
La demanda fue instaurada contra la expresión: “y dentro de la misma circunscripción político-administrativa”, contenida en el numeral 3º del artículo 178 del Decreto 960 de 1970 “por medio del cual se expide el Estatuto del Notariado”. Para la Sala, ese apartado normativo discrimina de manera injustificada a los notarios de carrera que no pertenecen a la circunscripción político
administrativa en la que está ubicada una notaría vacante, porque les impide ejercer el derecho de preferencia para ocupar esa notaría.